Complementos formativos

Los complementos de formación necesarios para cada perfil son acordados por consenso entre el coordinador del programa y el tutor asignado. Puesto que las características curriculares que pueden presentarse al solicitar un alumno su admisión al programa de doctorado pueden ser muy diversas.

Como norma general, el alumno que desee solicitar acceso al Programa de Doctorado en Estadística Matemática y Aplicada deberá tener en cuenta los siguientes criterios: Para ser admitido al programa, el alumno deberá acreditar haber adquirido conocimientos básicos en Estadística y Probabilidad. Para acreditar estos conocimientos, el alumno deberá haber superado con anterioridad un mínimo de 55 créditos de asignaturas que incluyan dichos contenidos. En el caso de no cumplir este requisito o acreditar una formación equivalente, el alumno podrá matricularse en el programa siempre que simultáneamente se matricule de hasta un máximo de 60 créditos en complementos de formación relacionados con dichos contenidos. Concretamente, graduados en Estadística y licenciados en Ciencias y Técnicas Estadísticas no tienen que cursar complementos de formación básicos. Lineciados y graduados en Matemáticas que hayan cursado 55 créditos con contenidos estadísticos no necesitarán tampoco complementos de formación básicos. El alumno proveniente de otros títulos tendrá que cursar complementos básicos que se podrán obtener, de entre otras posibles ofertas, cursando asignaturas con contenidos de Estadística y Probabilidad incluidas en los actuales planes de estudios del Grado en Estadística y del Grado en Matemáticas de la UGR o del Máster en Estadística Aplicada de la UGR, con un mínimo de 18 ECTS de carácter metodológico. En todo caso, el alumno potencial tendrá siempre la posibilidad de hacer, a través del recurso on-line disponible en la web asociada al programa, una consulta previa al coordinador, que éste a su vez podrá someter a valoración por la Comisión Académica, con el fin de que disponer de información a priori sobre los complementos mínimos de formación (cuantía y tipo) que habrá de adquirir como condición necesaria para su inserción en el programa, y decidir, en su caso, sobre la presentación de solicitud de admisión.