Profesorado

Incorporación de profesores/investigadores al programa

Criterios de admisión

Criterios de admisión:

1. Estar en posesión de al menos 1 sexenio de investigación ¿vivo¿ (antigüedad del sexenio menor de 8 años). En los casos en los que no se pueda solicitar sexenios de investigación, deberán aportar méritos equivalentes a los exigidos por la CNEAI para obtener una evaluación positiva de la actividad investigadora en su campo/área.
2. Acreditar la participación en proyectos de investigación, contratos de investigación u otras fuentes de financiación, activas o finalizadas en los 6 últimos años.
3. Haber dirigido al menos 1 tesis doctoral en los 6 años previos a la solicitud de inclusión en el programa.

Estos criterios se revisarán cada 5 años. La permanencia en el Programa requiere que se cumplan las tres condiciones en el momento de la revisión.

Los profesores de un programa deben dirigir tesis doctorales dentro de dicho programa, con la excepción de aquellos casos que requieran colaboración interdisciplinar y la codirección por dos profesores pertenecientes a programas diferentes.

Criterios para ser director de tesis doctoral

Los criterios exigidos para ser director de una tesis doctoral son los siguientes:

1. Estar en posesión de al menos 1 sexenio de investigación vivo (antigüedad del sexenio menor de 8 años). En los casos en los que no se pueda solicitar sexenios de investigación, deberán aportar méritos equivalentes a los exigidos por la CNEAI para obtener una evaluación positiva de la actividad investigadora en su campo/área.
2. Acreditar la participación en proyectos de investigación, contratos de investigación u otras fuentes de financiación, activas o finalizadas en los 6 últimos años.

Los criterios exigidos para la codirección de una tesis doctoral indican que:

1. Se podrá solicitar la doble dirección de la tesis siempre y cuando se justifique la codirección en el plan de investigación y se cumpla alguno de los siguientes criterios:
a. Colaboración interdisciplinar justificada en función de su necesidad para el desarrollo del proyecto y la consecución de los objetivos propuestos.
b. Proyectos bajo la dirección de un equipo de investigadores con una trayectoria consolidada de trabajo conjunto que permita acreditar una producción científica significativa, fruto de la sinergia entre ambos investigadores.
c. Colaboración entre un director novel (que dirige su primera tesis doctoral) y un director experimentado.
d. Colaboración con otra universidad, institución o empresa, nacional o extranjera.
2. Las triples direcciones serán excepcionales y requerirán la aprobación del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de Ciencias de la Salud (EDCS). Se podrá solicitar la triple dirección siempre y cuando se justifique en el plan de investigación y se cumpla alguno de los siguientes criterios:
a. Los 3 directores propuestos pertenezcan a universidades, instituciones o empresas diferentes, nacionales o extranjeras.
b. Se justifique una colaboración interdisciplinar, siendo cada uno de los 3 directores propuestos de una disciplina diferente.

La codirección como director novel no será acumulable a la codirección por interdisciplinariedad o colaboración nacional o internacional en las triples direcciones.

3. En todos los casos, los codirectores deberán cumplir los criterios exigidos para ser director de una tesis doctoral (descritos en el apartado anterior).
4. En ningún caso se admitirá un proyecto de tesis bajo la dirección de cuatro o más directores.

Con carácter general, el número de tesis dirigidas de forma simultánea por un mismo profesor según la normativa actual de estudios de doctorado no deberá superar un total de seis (https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/escuelas/edcs/pages/documen- tos/acuerdoedcsdireccionsimultanea_feb2019/!).

Documento de incorporación al programa

Mecanismos del cómputo de la labor de tutorización y dirección de Tesis

La tutorización se considera una actividad de gestión académica del profesorado. Esta actividad le será reconocida al profesorado de dos formas distintas:

1. Se incorporará la siguiente compensación en el Plan de Ordenación Docente: Por cada doctorando sobre el que se ejerza la labor de tutorización se compensará al tutor o tutora hasta 0,1 créditos por cada curso académico, pudiendo aplicarse esta compensación durante los tres primeros cursos en los que el doctorando es tutorizado. Por este tipo de compensaciones se computarán como máximo 0,5 créditos por tutor o tutora y por curso académico. La introducción de la compensación, se realizará en el curso académico siguiente al que se ha ejercido la labor de tutorización.
2. La actividad de tutorización se certificará para que tenga efecto en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.

Director de Tesis Doctoral: La Universidad de Granada establece una reducción docente para fomentar la dirección de Tesis doctorales. Dicha reducción se aplica en el curso académico posterior a la lectura de la Tesis dirigida y supone 1,5 ECTS de reducción en el plan docente del director o a dividir entre los co-directores. Adicionalmente la actividad de dirección de tesis se contabilizará en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.