Antes de solicitar admisión, revise:
Modificaciones de las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada:
La Escuela Internacional de Posgrado utilizará medios electrónicos para sus comunicaciones y notificaciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 41.1 y 43 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el siguiente enlace encontrará la INFORMACIÓN MÁS COMPLETA sobre el proceso de admisión. Lea detenidamente el contenido de la misma para realizar la solicitud de admisión de la forma más correcta posible:
Realice la preinscripción a través del siguiente formulario en línea:
Se realiza en-línea utilizando la URL proporcionada en la solicitud de preadmisión. Los documentos a adjuntar en línea (.pdf) son:
Además, en los siguientes casos particulares debe aportar documentación adicional:
Los solicitantes admitidos definitivamente recibirán por correo electrónico un mensaje con instrucciones para realizar la automatrícula en el plazo establecido.
Tras la matriculación, se recibirá por correo electrónico la carta de pago que podrá satisfacerse por los siguientes medios:
El importe de la liquidación deberá ser abonado en el plazo improrrogable de 15 días naturales contados desde la fecha de emisión de la carta de Pago.
En los estudios de doctorado no se podrá fraccionar el pago salvo que el importe de la liquidación de precios públicos sea superior a 200 euros.
El fraccionamiento no podrá afectar a los precios públicos por servicios administrativos y a la prima de Seguro Escolar, que se entenderán abonados íntegramente en el primer plazo.
Si no se acredita el pago del importe de la matrícula en los plazos establecidos, la solicitud quedará admitida condicionalmente y, finalizado el plazo para hacerlo efectivo, se efectuará requerimiento de pago, concediéndole un plazo de diez días para efectuarlo.
Dicho requerimiento tendrá por efecto el bloqueo informático del expediente. No se realizarán gestiones administrativas en tanto no se esté al corriente del pago.
El importe debido pudiera ser incrementado con el importe del interés de demora que corresponda y el recargo de apremio en su caso.
El impago de la matrícula durante dos cursos académicos conllevará la baja definitiva en el programa de doctorado, con pérdida de las cantidades que se hubieran satisfecho hasta ese momento.
La baja será notificada por la Escuela Internacional de Posgrado.
Se ofertarán cada año 50 plazas de nuevo ingreso (40 plazas hasta el curso 2017/18). De todas ellas, se destinará un 10% a estudiantes con dedicación a tiempo parcial, y el 5% estarán reservadas a discapacitados. La normativa académica de la Universidad aplicable a los dos tipos de alumnos será la misma salvo en el artículo referente a la duración de los estudios de Doctorado. El Plan de Formación del Programa de Doctorado en TIC está adecuadamente diseñado para que la tarea de los doctorandos a tiempo parcial no sufra ningún menoscabo.
El perfil de ingreso recomendado es el de un estudiante graduado en Informática, Telecomunicación, Electrónica o Industriales y que haya superado un máster oficial en temáticas relacionadas con las líneas de investigación del Programa. También es recomendable al menos un nivel B1 o superior de conocimiento de las lenguas castellana e inglesa, que son las lenguas que se utilizarán en el Plan de Formación del Programa.
A nivel de capacidades personales, el estudiante debería tener cierta capacidad tanto para el aprendizaje autónomo como para el trabajo en equipo, iniciativa propia y espíritu emprendedor.
De acuerdo con el Artículo 6 del Real Decreto 99/2011, se establecen los siguientes requisitos para el acceso a este Programa de Doctorado:
1. Con carácter general, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
Puede encontrar el calendario de doctorado, los precios públicos y el procedimiento administrativo de solicitud de admisión, y más información relevante para estos estudios, en el menú que aparece en la siguiente página web:
Los requisitos de acceso mencionados en el apartado anterior generan cuatro perfiles de ingreso fundamentales, que dependen de la formación previa del doctorando:
1.- Alumnos con un Título de Grado, licenciado o diplomado del ámbito de las Ciencias, Ingenierías y Tecnologías y al menos un título de Master Oficial del mismo ámbito, que contabilizan 300 ECTS o más, de los que al menos 12 corresponden a un trabajo de investigación previo. Dichos alumnos no habrán de cursar complementos específicos de formación.
2.- Opciones 2.a), 2.b), o 2.c). Tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación. La Comisión Académica podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación en caso que dicha experiencia no se considere suficiente.
3.- Alumnos con títulos obtenidos en sistemas educativos extranjeros. Tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación. La Comisión Académica podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación en caso que dicha experiencia no se considere suficiente.
4.- Alumnos en posesión de otro título de Doctor previo o con una formación de grado y/o Máster distinta al ámbito de la Escuela de Doctorado. En función de la relación de la formación previa con el área de conocimiento del programa podrán exigirse complementos de formación específicos relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación del campo de conocimiento.
En todos los casos, los complementos de formación necesarios para cada perfil serán acordados por consenso entre la Comisión Académica del programa y el tutor asignado al alumno. En general, el rango de complementos de formación variará entre 20 y 60 ECTS. Se estudiará cada caso concreto, fijándose un número de ECTS en función de la formación de base del doctorando, su perfil de ingreso y la línea de investigación seleccionada. Dichos créditos se elegirán preferentemente entre las asignaturas de los Títulos de Máster relacionados con el Programa de Doctorado.
La Comisión Académica del Programa correspondiente analizará de forma particular los casos de los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo para garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del RD 99/2011 por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, así como en las normas reguladoras de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor por la Universidad de Granada, aprobadas en Consejo de Gobierno del día 2 de mayo de 2012, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Tecnologías de la Información y la Comunicación por la Universidad de Granada, acuerda los siguientes criterios de admisión, que serán aplicables a todos los alumnos del programa, independientemente de su vía de acceso:
1- Expediente académico (nota media). Hasta 4 puntos en el grado y hasta 2 en el máster. La puntuación correspondiente se obtendrá normalizando la nota del expediente, computada sobre 10 puntos, al intervalo concreto ([0,4] o [0,2], respectivamente). En caso de que la nota del expediente estuviera calculada en una escala de 4 puntos, se consideraría primero la siguiente conversión: Aprobado = 5, Notable = 7.5, Sobresaliente = 9, MH=10. Para los estudiantes extranjeros, por favor, consúltese la siguiente tabla de conversión de calificaciones.
2.- Currículum vitae. Se valorará la experiencia previa en investigación, transferencia y docencia. Se valorará positivamente que el candidato haya cursado un máster de investigación antes que uno profesional. Hasta 2 puntos. *Nota: es posible que este apartado no llegue a evaluarse si con la evaluación de otros apartados el candidato ya supera la nota necesaria para ser admitido (5 sobre 10 puntos).
3.- Vinculación mediante Beca o Contrato con la universidad de Granada o con alguna otra de las instituciones colaboradoras. Hasta 2 puntos.
4.- Conocimiento de idiomas. Con carácter general, se valorarán los conocimientos de inglés. Para obtener alguna puntuación en este apartado, el candidato debe acreditar al menos el nivel B2 o equivalente. En el caso de alumnos extranjeros de habla no inglesa, se podrán valorar los conocimientos de castellano. Hasta 1 punto. *Nota: es posible que este apartado no llegue a evaluarse si con la evaluación de otros apartados el candidato ya supera la nota necesaria para ser admitido (5 sobre 10 puntos).
5.- Aval de un profesor del programa o de un investigador de reconocido prestigio de la Universidad de Granada con disponibilidad para asumir la dirección o codirección de la tesis. Hasta 3 puntos. En caso de no disponer de dicho aval, se deberá solicitar una entrevista personal con el coordinador del programa por la que podrá obtenerse la misma puntuación. Se valorará la motivación y el compromiso personal del alumno con el Programa de Doctorado.
La admisión al programa requerirá una puntación mínima de 7 puntos sobre el máximo de 14 posibles o, equivalentemente, 5 sobre 10 (la puntuación que se proporciona en la admisión está normalizada sobre 10 puntos). Los criterios de admisión de estudiantes serán comunes para los alumnos a tiempo completo y a tiempo parcial, quienes tendrán que establecer y justificar su dedicación en la solicitud de admisión. Los estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de la discapacidad contarán en el proceso de admisión con un asesor académico que evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
Para la obtención del aval, se recomienda revisar las líneas de investigación del programa para determinar cuáles son las relacionadas con la investigación que al doctorando le gustaría llevar a cabo. Dichas líneas están disponibles en este enlace.
Una vez seleccionadas las líneas que le resulten interesantes al doctorando, el siguiente paso será contactar con alguno de los profesores de dichas líneas para que avale su solicitud de admisión en el programa. Ese aval implicaría la posterior dirección de su tesis doctoral por dicho investigador o por cualquier otro de su grupo de investigación en una línea relacionada con dicho grupo. Puede ser útil para ello consultar las páginas web de los propios investigadores o las de los grupos de investigación vinculados al programa. Estos últimos están listados en el siguiente enlace.
Las normas reguladoras de las enseñanzas oficiales de Doctorado y del título de Doctor por la Universidad de Granada, aprobadas en la sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno de 2 de mayo de 2012, establecen en su artículo 4 las normas de permanencia para los estudios de doctorado, directamente extraídas del artículo 3 del RD99/2011 y que se pueden obtener en la web de la Escuela Internacional de Posgrado.
Español e inglés.
Se debe cumplimentar el “formulario de solicitud en línea de preinscripción” que se puede encontrar en http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/matricula