La Universidad de Granada cuenta con el Servicio de Asistencia Estudiantil, página WEB http://ve.ugr.es/pages/sae, al que se podrán dirigir aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales
Para los estudiantes provenientes de titulaciones diferentes a las que dan acceso directo al programa y que, por tanto, requieren de la realización de complementos de formación, la comisión académica del Programa de Doctorado en Ciudad, territorio y planificación sostenible valorará de forma personalizada el CV de cada candidato indicando y propondrá los complementos de formación que deberá de cursar el estudiante teniendo en cuenta sus necesidades específicas. Estos complementos de formación previos serán de hasta 30 ECTS de las maestrías activas de temáticas afines al programa de doctorado de las universidades participantes (actualmente el master en Máster Interuniversitario en Análisis y Gestión del Territorio: Planificación, Gobernanza y Liderazgo Territorial). Hay que tener en cuenta que por las características de la formación doctoral de este programa resulta imposible establecer un perfil común para todos los candidatos ante la dispersión inevitable de sus CV.
Una vez que la EIP comunica al Programa que el alumno se ha matriculado, la gestión se realizará a través de una aplicación informática que permitirá al Coordinador conocer en cada momento la información relevante del doctorando.
La primera actuación por parte de la Comisión Académica del Programa será asignar a dicho alumno un Tutor, que debe ser un profesor adscrito al programa. El Tutor es el responsable de la adecuación de la formación del doctorando a los principios de los programas, y orientará al alumno en todo lo que se refiere a la relación del alumno con el Programa. La Comisión Académica, oído el doctorando y el Tutor, podrá modificar el nombramiento del Tutor de un doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del Programa velará por que cada doctorando tenga asignado un Director de Tesis doctoral, que en todo caso, deberá cumplir las normas específicas para ser director de tesis de la Universidad de Granada. Es requisito mínimo para ser Director o co-Director de una tesis tener reconocido al menos un periodo de investigación de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que esto no sea de aplicación, deberá acreditar méritos equivalentes.
Como norma general, la dirección debe recaer en una sola persona salvo casos debidamente justificados.
Toda propuesta de codirección deberá estar justificada por razones:
En ningún caso se permitirá asignar al doctorando más de dos directores de la misma institución. Dicha autorización puede ser revocada con posterioridad si a juicio de la Comisión Académica la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.
El Director de la tesis doctoral será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de investigación, del impacto y novedad en su campo de la temática de la tesis doctoral y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a los proyectos y actividades en los que se inscriba el doctorando. La Comisión Académica, oído el doctorando y el director, podrá modificar el nombramiento de Director de la tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando, su Tutor y su Director. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de Programas de Doctorado.
Los recursos materiales y servicios guardan relación actividades formativas propuestas, el número de estudiantes en el programa y tipo de investigación a realizar. Entre estos recursos y servicios se incluyen bibliotecas, salas de lectura y de reuniones, aulas y otras instalaciones similares necesarias para realizar actividades de exposición y defensa de planes de trabajo, seminarios, conferencias, provistas de los medios audiovisuales más actuales.
Los recursos materiales y servicios recogidos incluyen también laboratorios y equipamiento científico necesario para la ejecución de los planes de Trabajo propuestos por los estudiantes y especializados para cada línea de investigación.
Además se cuenta con la colaboración de personal de Administración de la Facultad de Filosofía y Letras así como de los Departamentos de la UGR donde se desarrollan la actividad científica de los profesores que conforman el programa de Ciudad, Territorio y Planificación Sostenible. Ellos son los encargados del mantenimiento básico de laboratorios, aulas y medios técnicos para el desarrollo de la actividad investigadora
El primer criterio de admisión al programa de Ciudad, Territorio y Planificación Sostenible exige el aval de un Director para la realización de la Tesis Doctoral, los estudiantes tienen garantizado el acceso y el uso de instalaciones e infraestructuras de la UGR, y por lo tanto la seguridad de contar con los recursos y servicios que permitan la adecuada ejecución del Plan de trabajo, que en un alto porcentaje implican la experimentación en laboratorios especializados. Todos los Centros, Departamentos e Institutos participantes aportan las instalaciones propias.
Antes de los seis primeros meses para alumnos a tiempo completo o de la finalización del primer año para alumnos a tiempo parcial, el doctorando presentará un Plan de Investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. El Plan de Investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal. El Plan de Investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición y defensa por parte del doctorando. Se habilitará una aplicación informática a través de la cual los doctorandos deberán facilitar los datos que se les soliciten junto con su plan de investigación inicial, tras lo cual serán convocados a una sesión de exposición y discusión de planes de investigación.
La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto presentará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
Una vez matriculado en el programa, también se materializará para cada doctorando el Documento de Actividades personalizado. En él se inscribirán todas las actividades que el Tutor haya considerado que debe realizar el doctorando, de entre las incluidas por las Comisión Académica en el plan de formación y una vez aprobadas por esta última. El documento de actividades será revisado anualmente por el Tutor y evaluado por la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado.
Anualmente, el alumno presentará un Informe de Seguimiento sobre el desarrollo de su tesis doctoral, los avances conseguidos y las modificaciones realizadas. La Comisión Académica del Programa evaluará el Informe de Seguimiento y el Documento de Actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor.
La Comisión Académica del Programa establecerá las modificaciones necesarias para los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo y el documento de actividades y garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
Los requisitos para la presentación de la Tesis Doctoral y la normativa general establecida por la Universidad de Granada para la lectura de tesis se encuentran en el siguiente enlace:
http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/documentos-normativa/normasdoctoradoytitulodoctor
En concreto, el art. 18.1 establece que “La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato en cualquier campo del conocimiento que se enmarcará en alguna de las líneas de Investigación del programa de doctorado en el que está matriculado”. Dicho trabajo “debe capacitar al doctorando para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i” (art. 18.2).
La tesis se puede presentar siguiendo dos formatos diferentes.
Requisitos de publicaciones derivadas de la tesis:
Será necesario, previa a la defensa de la tesis doctoral, la presentación de 1 trabajo publicado o aceptado con fecha posterior a la matriculación en el citado PD y vinculada con el Plan de Investigación aprobado en el Programa de Doctorado en “Ciudad, Territorito y Planificación Sostenible”. Ésta publicación debe recoger parte de los contenidos de la tesis presentada y debe ser publicado en una revista que se encuentre indexada en JCR (Journal Citation Reports) o en el SJR (Scientific Journal Rankings) o un capítulo de libro recogido en SPI (Q1 o Q2), excluyéndose explícitamente las actas de congresos. En el caso de las tesis del ámbito de arquitectura se tendrán en cuenta tanto las publicaciones indexadas en los catálogos anteriores (JCR, SJR, SPI) como en AVERY (Avery Index to Architectural Periodicals) o RIBA (Royal Institute of British Architects). En cualquier caso, la antigüedad máxima de la publicación será de 5 años.
El doctorando debe firmar como primer autor o, a juicio de la comisión, como segundo autor si el primero es el director de la tesis. Cuando quede debidamente justificado y a juicio de la Comisión Académica, se aceptará que el primer autor sea un investigador diferente al director. No se admitirán trabajos en los que el doctorando ocupe la tercera y siguientes posiciones.
En esta publicación tendrá que aparecer la universidad correspondiente del Programa de Doctorado y/o entidad colaboradora a través de la filiación del doctorando o del director de tesis.
Estructura de la tesis:
La memoria de tesis tradicional deberá incluir, además de los exigidos en la normativa general, los siguientes contenidos: índice, resumen, introducción, objetivos, metodología, resultados, conclusiones y bibliografía.
En cualquiera de los dos formatos de presentación de la tesis (tradicional o por compendio) la Comisión Académica del Programa valorará las circunstancias que concurran en los casos de doctorandos que procedan de otros Programas en vigor regulados por el RD. 99/2011 y normas sucesivas, pudiendo admitir, en su caso, excepciones a los requisitos anteriormente establecidos.
Requisitos de número y calidad de las publicaciones:
Será necesario, previa a la defensa de la tesis doctoral, la presentación de, al menos, 3 publicaciones vinculadas con el Plan de Investigación aprobado en el Programa de Doctorado en “Ciudad, Territorito y Planificación Sostenible”, publicadas o aceptadas para su publicación con fecha posterior a la matriculación del doctorando en el mismo. A juicio de la Comisión Académica y en base, entre otros, a los años de antigüedad, temática abordada, dirección del trabajo, firmantes del mismo, etc., se admitirá de forma excepcional 1 publicación posterior a la fecha de obtención del título de máster universitario. En cualquier caso, la antigüedad máxima de la publicación será de 5 años.
Las citadas publicaciones deberán ajustarse a los siguientes requisitos:
En el caso de las tesis del ámbito de arquitectura se tendrán en cuenta tanto las publicaciones indexadas en los catálogos anteriores (JCR, SJR, SPI) como en AVERY (Avery Index to Architectural Periodicals) o RIBA (Royal Institute of British Architects).
El doctorando debe firmar como primer autor en, al menos, dos publicaciones y como segundo en la tercera publicación si el director es el primer autor. Cuando quede debidamente justificado y a juicio de la Comisión Académica, se aceptará que el primer autor sea un investigador diferente al director. No se admitirán trabajos en los que el doctorando ocupe la tercera y siguientes posiciones.
Las publicaciones utilizadas en una tesis doctoral no podrán formar parte de otra tesis.
En caso de coautoría, los restantes firmantes deberán aportar un escrito, con firma original, renunciando expresamente a presentar dicha publicación como parte de otra tesis doctoral.
Los coautores de las publicaciones incluidas como parte de la tesis doctoral no podrán formar parte del tribunal de tesis.
En las publicaciones que formen parte de la tesis tendrá que aparecer la universidad correspondiente del Programa de Doctorado y/o entidad colaboradora a través de la filiación del doctorando o del director de tesis.
Estructura de la tesis:
Las tesis presentadas como compendio de publicaciones deberán incluir, además de los exigidos en la normativa general, los siguientes contenidos:
El programa de doctorando mantendrá contacto y hará un seguimiento de los egresados doctores.