La Universidad de Granada cuenta con el Servicio de Asistencia Estudiantil, web http://ve.ugr.es/pages/sae, al que se podrán dirigir aquellos/as estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o minusvalía.
Los complementos de formación necesarios para cada perfil serán acordados por consenso entre el coordinador/a del programa y el tutor/a asignado al alumno/a; serán dependientes de la formación de base, perfil de ingreso del doctorando/a y línea de investigación seleccionada, y se elegirán preferentemente entre las asignaturas de los Títulos de Máster relacionados con el Programa de Doctorado.
La comisión académica del programa analizará de forma particular los casos de los alumnos/as con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo para garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
Se podrá exigir complemento de formación a aquellos alumnos/as en posesión de un título de Doctor previo o con una formación de grado y/o Máster distinta al ámbito del programa y/o de la Escuela Doctoral, en función de la relación de la formación previa con el área de conocimiento del programa. Estos complementos específicos estarán relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación de la campo Psicología. Estos complementos de formación serán acordados por consenso entre el coordinador/a del programa y el tutor/a asignado al alumno/a; serán dependientes de la formación de base, perfil de ingreso del doctorando y línea de investigación seleccionada, y se elegirán preferentemente entre los cursos de los Títulos de Máster relacionados con el Programa de Doctorado siempre relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación del campo Psicología.
Los alumnos/as con formación en el ámbito de la Psicología pero sin formación en investigación, deberán realizar complementos de formación consistentes en cursos metodológicos y/o trabajo de investigación equivalente a 12 ECTS.
Una vez que la EIP comunica al programa que el alumno/a se ha matriculado, la gestión se realiza a través de una aplicación informática que permite al coordinador/a conocer en cada momento la información relevante sobre el doctorando.
La primera actuación por parte de la Comisión Académica del Programa es asignar a dicho alumno/a un tutor/a, que debe ser un profesor/a adscrito al programa.
El Tutor/a es el responsable de la adecuación de la formación del doctorando/a a los principios de los programas, y orientará al alumno/a en todo lo que se refiere a la relación del alumno/a con el programa.
Para su asignación, la Comisión tendrá en cuenta:
a) Los intereses y motivaciones del Doctorando/a expresados en su solicitud de admisión.
b) La distribución de Tutores/as dentro del Programa.
c) La opinión favorable o desfavorable a dicha asignación por parte del Doctorando/a y por parte del Tutor/a.
La modificación del Tutor/a en este momento o en cualquier momento del período de realización del Doctorado requerirá que concurran razones justificadas expresadas por escrito tanto por parte del Doctorando/a como por parte del Tutor/a.
El Director/a será asignado de entre el profesorado del Programa dentro de los 6 meses posteriores a la matriculación del alumno/a.
El principal criterio para la asignación del Director/a, que podrá ser coincidente o no con el Tutor/a, será la idoneidad y coherencia de la temática de la Tesis Doctoral con la trayectoria investigadora del Director/a.
La Comisión antes de asignar el Director/a encargará a dos de sus miembros que valoren para cada caso la propuesta de Director/a de acuerdo con dicho criterio así como la conveniencia de proponer una codirección. La modificación del Director/a o Directores/as en este momento o en cualquier momento del período de realización del Doctorado requerirá que concurran razones justificadas expresadas por escrito tanto por parte del Doctorando/a como por parte del Director/a o Directores/as.
La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos/as mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando/a, su Tutor/a y su Director/a. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de Doctorado.
El programa de Doctorado en Psicología de la Universidad de Granada (UGR) tiene un carácter presencial. Por ello, los doctorandos/as deben realizar sus actividades e investigaciones en la UGR. Sin embargo, para facilitar la movilidad de doctorandos/as y la realización de investigaciones que requieren estancias largas en otros centros, la comisión académica establece las siguientes normas:
Documento con el listado completo de infraestructuras y equipamientos disponibles para el programa.
Antes de seis meses tras su admisión, el doctorando/a presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa.
El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, los medios y la planificación temporal.
El Plan de investigación debe estar avalado por el Director/a de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición pública y defensa por parte del doctorando/a.
En caso de querer incorporar un Co-director/a de tesis doctoral, este punto ha de quedar reflejado en el Plan de investigación.
Los requisitos para la dirección de una tesis doctoral son los siguientes:
Se admitirá la dirección por dos directores/as en cualquiera de los siguientes casos:
a) Que la tesis suponga la colaboración con otros centros, empresas o instituciones.
b) Que exista una clara interdisciplinariedad.
c) Para promoción de directores/as noveles que cumplan los requisitos aprobados por esta Comisión Académica sobre la dirección de tesis doctorales.
d) Proyectos bajo la dirección de un equipo de investigadores/as con una trayectoria consolidada de trabajo conjunto que permita acreditar una producción científica significativa, fruto de la sinergia entre los investigadores/as.
Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director/a y el Tutor/a. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando/a deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses presentando un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando/a causará baja definitiva en el programa.
Podrá solicitarse de manera justificada un cambio en la dirección de la tesis o solicitar una cotutela a la Comisión Académica, que deberá dar el visto bueno y comunicar el cambio, caso de ser aceptado, a la Escuela Internacional de Posgrado.
Para autorizar la presentación de una tesis doctoral en la modalidad de presentación clásica, los criterios de calidad exigibles serán: Presentar, al menos, un trabajo publicado en una revista indexada en el Journal Citation Report (JCR) y que se encuentre dentro del 1º o 2º tercil de la Categoría JCR en el año que se ha publicado el artículo. También es posible presentar dos trabajos incluidos en JCR dentro del 3er tercil. Dicho(s) trabajo(s) tienen que incluir resultados de la tesis doctoral.
El doctorando/a debería ocupar la primera posición en la autoría de la publicación o publicaciones o al menos ir en una poción relevante. Salvo excepciones debidamente justificadas se entenderá posición relevante la primera o segunda (en el que caso en que la primera esté ocupada por el director). En el apartado de reconocimiento (Acknowledgment) de la publicación, se debe de reconocer la tesis doctoral a la que va asociada. Cada publicación podrá ir asociada únicamente a una tesis doctoral. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados, una publicación podría ir asociada a dos tesis doctorales distintas.
Para autorizar la presentación de una tesis doctoral en la modalidad de compendio de artículos, los criterios de calidad exigibles serán:
1. Mínimo de tres artículos publicados, o aceptados para su publicación, con posterioridad al inicio de los estudios de doctorado, en una revista indexada en JCR. Al menos uno deberá estar situado en el primer tercil del área temática.
2. El doctorando/a debería firmar como primer autor/a o al menos ir en una posición relevante. Salvo excepciones debidamente justificadas se entenderá posición relevante la primera o segunda (en el que caso en que la primera esté ocupada por el director/a).
3. En los artículos publicados a partir de la entrada en vigor de esta normativa debe figurar el programa de Doctorado, así como el reconocimiento de que se trata de parte de los resultados de la tesis del doctorando/a.
4. Los trabajos que formen parte de una tesis de compendio de publicaciones no podrán formar parte de otra tesis presentada bajo esta misma modalidad. En caso de coautoría, los restantes autores/as deberán aportar un escrito, con firma original, reconociendo al doctorando/a como autor/a principal y renunciando expresamente a presentar dicho artículo como parte de otra tesis doctoral.
5. Se presentará una memoria con una introducción, objetivos, discusión y conclusiones en la que se justifique la unidad temática de los artículos. Se incluirá en la memoria una copia de cada uno de los artículos publicados.
6. Los coautores/as de los artículos incluidos como parte de la tesis doctoral no podrán formar parte del tribunal de la tesis doctoral.
Para más información sobre el procedimiento de presentación de la tesis doctoral consulte la normativa en la web de la Escuela Internacional de Posgrado: http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/documentos-normativa/normasdoctoradoytitulodoctor
El programa de doctorado mantendrá contacto y hará un seguimiento de los egresados/as doctores/as.
Procedimiento general para valorar el proceso y los resultados