Organización del programa

Doctorandos

1. Procedimiento de asignación del Tutor

Según el Real Decreto 99/2011, el tutor “es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora a los principios de los programas y, en su caso, de las Escuelas de doctorado”.

En el momento de la admisión al Programa de Doctorado, la Comisión Académica debe asignar a cada doctorando un tutor que debe ser un profesor adscrito al Programa. Para ello, la Comisión tendrá en cuenta los intereses y motivaciones del Doctorando expresados en su solicitud de admisión, la distribución de tutores dentro del Programa, y la opinión favorable o desfavorable a dicha asignación por parte del Doctorando y por parte del tutor. El tutor velará por la interacción del doctorando con la Comisión Académica.

2. Encabezado de segundo nivel

La Comisión Académica asignará un director de tesis doctoral a cada doctorando en el plazo de 6 meses desde su matriculación. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor, español o extranjero, con experiencia acreditada investigadora. El director podrá ser coincidente o no con el tutor.

3. Presentación del Proyecto de Tesis

Antes de seis meses tras su admisión, el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, los medios y la planificación temporal.

El Plan de investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición pública y defensa por parte del doctorando.

Los requisitos para la dirección de una tesis doctoral son los siguientes:

- Estar en posesión de al menos 1 sexenio de investigación reconocido, con una antigüedad inferior a 8 años. Para aquellos investigadores que no pueden solicitar sexenios, deberán aportar méritos equivalentes a los exigidos por la CNEAI para obtener una evaluación positiva de la actividad investigadora en su campo/área.

- Acreditar la participación en proyectos de investigación, contratos de investigación u otras fuentes de financiación, activas o finalizadas en los 6 últimos años.

-Es necesario que haya transcurrido al menos un año desde la obtención del título de doctor para ser director de tesis.

Se admitirá la dirección por dos directores en cualquiera de los siguientes casos:

  • a)Que la tesis suponga la colaboración con otros centros, empresas o instituciones.
  • b)Que exista una clara interdisciplinariedad.
  • c)Para promoción de directores noveles que cumplan los requisitos aprobados por esta Comisión Académica sobre la dirección de tesis doctorales.
  • d)Proyectos bajo la dirección de un equipo de investigadores con una trayectoria consolidada de trabajo conjunto que permita acreditar una producción científica significativa, fruto de la sinergia entre los investigadores.

Podrá aceptarse un máximo de tres directores siempre y cuando:

  • a)Implique la colaboración de instituciones, empresas u otras universidades, nacionales o extranjeras, y el desarrollo del proyecto así lo requiera. No podrá haber más de 1 director por cada una de las empresas o instituciones externas colaboradoras.
  • b)Se justifique una colaboración interdisciplinar y el tercer director pueda considerarse un director novel.

En ningún caso se admitirá un proyecto de tesis bajo la dirección de cuatro o más directores.

4. Seguimiento anual

Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses presentando un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Podrá solicitarse de manera justificada un cambio en la dirección de la tesis o solicitar una cotutela a la Comisión Académica, que deberá dar el visto bueno y comunicar el cambio, caso de ser aceptado, a la Escuela Internacional de Posgrado.

5. Presentación de la Tesis Doctoral

Para autorizar la presentación de una tesis doctoral, ésta debe de tener asociada una publicación que alcance al menos 0.75 puntos, valorando con 1 punto los trabajos publicados en revistas del primer tercil de su categoría, con 0.75 puntos los publicados en revistas del segundo tercil y con 0.5 puntos los de revistas del tercer tercil (no se puntúan las publicaciones en revistas no incluidas en JCR). El doctorando debería ocupar la primera posición en la autoría de la publicación o publicaciones o al menos ir en una poción relevante. En el apartado de reconocimiento (Acknowledgment) de la publicación, se debe de reconocer la tesis doctoral a la que va asociada. Cada publicación podrá ir asociada únicamente a una tesis doctoral. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados, una publicación podría ir asociada a dos tesis doctorales distintas.

6. Tesis por artículos

Las tesis presentadas como una agrupación de trabajos de investigación publicados deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Mínimo de tres artículos publicados, o aceptados para su publicación, con posterioridad al inicio de los estudios de doctorado, en una revista indexada en JCR. Al menos uno deberá estar situado en el primer tercil del área temática.
  2. El doctorando debería firmar como primer autor o autor correspondiente (salvo en el caso de que estas posiciones correspondan al director).
  3. En los artículos publicados a partir de la entrada en vigor de esta normativa debe figurar el programa de Doctorado, así como el reconocimiento de que se trata de parte de los resultados de la tesis del doctorando.
  4. Los trabajos que formen parte de una tesis de compendio de publicaciones no podrán formar parte de otra tesis presentada bajo esta misma modalidad. En caso de coautoría, los restantes autores deberán aportar un escrito, con firma original, reconociendo al doctorando como autor principal y renunciando expresamente a presentar dicho artículo como parte de otra tesis doctoral
  5. Se presentará una memoria con una introducción, objetivos, discusión y conclusiones en la que se justifique la unidad temática de los artículos. Se incluirá en la memoria una copia de cada uno de los artículos publicados.
  6. Los coautores de los artículos incluidos como parte de la tesis doctoral no podrán formar parte del tribunal de la tesis doctoral.

Profesorado

Incorporación de profesores/investigadores al Programa

Criterios de admisión

Puede ser investigador del Programa cualquier profesor de la Universidad de Granada o de fuera de ella que cumpla los siguientes requisitos:



1. Estar en posesión de un sexenio de investigación reconocido, con una antigüedad inferior a 8 años. Para aquellos investigadores que no pueden solicitar sexenios, deberán aportar méritos equivalentes a los exigidos por la CNEAI para obtener una evaluación positiva de la actividad investigadora en su campo/área.

2. Acreditar la participación en proyectos de investigación, contratos de investigación u otras fuentes de financiación, activas o finalizadas en los 6 últimos años.

3. Haber dirigido al menos 2 Tesis Doctorales en los 6 años previos a la solicitud de inclusión en el programa, o bien, 1 tesis dirigida y dos publicaciones situadas en el primer decil dentro de su área.

Estos requisitos se revisarán cada 5 años y deben mantenerse las tres condiciones para permanecer en el programa.

Documento de incorporación al Programa