Las normas reguladoras de las enseñanzas oficiales de Doctorado y del título de Doctor por la Universidad de Granada pueden encontrarse en este enlace: https://www.ugr.es/universidad/normativa/ncg1682-modificacion-articulo-25-normas-reguladoras-ensenanzas-oficiales-doctorado-titulo-doctor-universidad-granada
La Universidad de Granada cuenta con el Servicio de Asistencia Estudiantil al que se podrán dirigir aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o minusvalía.
Según el Real Decreto 99/2011, el tutor “es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora a los principios de los programas y, en su caso, de las Escuelas de doctorado”.
En el momento de la admisión al Programa de Doctorado, la Comisión Académica asignará a cada doctorando un tutor que debe ser un profesor adscrito al Programa. Para ello, la Comisión tendrá en cuenta los intereses y motivaciones del Doctorando expresados en su solicitud de admisión, la distribución de tutores dentro del Programa, y la opinión favorable o desfavorable a dicha asignación por parte del Doctorando y por parte del tutor. El tutor velará por la interacción del doctorando con la Comisión Académica.
La Comisión Académica asignará un director de tesis doctoral a cada doctorando en el plazo de 6 meses desde su matriculación. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor, español o extranjero, con experiencia acreditada investigadora. El director coincidirá con el tutor si es un profesor del programa. Si el director es un profesor externo al programa, entonces el tutor será alguno de los profesores del programa.
Entre seis y doce meses tras su admisión, el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, los medios y la planificación temporal.
Existe un modelo de plan de investigación que ha de utilizarse, adaptándolo a la metodología y especialidad de la investigación. Éste , y muchos otros documentos y plantillas están disponibles en la Web de la Escuela de posgrado .
El Plan de investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición pública y defensa por parte del doctorando.
Las comisiones designadas valorarán los planes de investigación. Se trata de un acto público presencial, que se realiza cada año en la "Semana del Doctorado.” Suele ser la tercera semana de octubre.
En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses presentando un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
Desarrollo del acto de exposición y defensa del plan: El doctorando contará con un tiempo de exposición de 15-20 minutos. Seguidamente los tres miembros de la comisión formularán los comentarios y preguntas pertinentes en otros 15-20 minutos. Finalmente, el doctorando podrá responder a las cuestiones planteadas en 15 minutos. El presidente de la comisión podrá modificar este esquema si lo considera justificado. El acto no excederá en ningún caso los 60 minutos de duración.
Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el Informe de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa.
Los informes de seguimiento anual se presentan en septiembre cada año, a través del portal de seguimiento.
Las actividades realizadas y su valoración parte de tutores y directores también han de consignarse a través del Portal de seguiimento.
Aquí hay un detallado tutorial sobre el Portal de segumiento, al que todos los estudiantes matriculados, tutores y directores tienen acceso a través del “acceso identificado” de la UGR.
La supervisión de las tesis doctorales corresponde en primer lugar y de modo directo a los directores de las mismas. Ellos son los responsables de la revisión y control del aspecto científico de cada proyecto de investigación. La interacción regular y continua con el autor de la tesis es un elemento esencial. A través del director se hace efectiva la puesta a disposición del doctorando de los recursos materiales y humanos disponibles en la Universidad de Granada.
Podrá solicitarse de manera justificada un cambio en la dirección de la tesis o solicitar una cotutela a la Comisión Académica, que deberá dar el visto bueno y comunicar el cambio, caso de ser aceptado, a la Escuela Internacional de Posgrado. Estos cambios suelen implicar la defensa de un nuevo Plan de Investigación, en caso de que ya su hubiera aprobado uno.
En segundo lugar, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, en el marco del Consejo Asesor del Doctorado y del conjunto de la Escuela Internacional de Posgrado de la Universidad de Granada son los responsables de los aspectos administrativos del Programa de Doctorado y en particular de las tesis doctorales que se presenten en el mismo.
En nuestro programa, es un requisito de acceso contar con un compromiso de supervisión por parte de un doctor (miembro o no del programa) con suficiente experiencia investigadora -esta se acredita si se trata de personal docente con un tramo de investigación CNEAI o méritos equivalentes si sse trata de personas que por su tipo de contrato o por no pertenecer al sistema universitario español, no pueden solicitar este tipo de evaluación.
Compromiso documental de supervisión
En relación co la supervisión, El Consejo Asesor de la Escuelas de Doctorado (CAED) de la UGR aprobó un Código de buenas prácticas , que conviene tener presente.
Normativa para la presentación y lectura de Tesis Doctorales. Las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada en su título Segundo detallan la normativa específica de la universidad para la presentación y lectura de tesis doctorales. En el siguiente enlace se puede consultar la normativa: http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/documentos-normativa/presentacionylectura
Puedes encontrar los requisitos y procedimientos para la mención internacional en este enlace: https://escuelaposgrado.ugr.es/pages/internacional/mencioninternacional/mencion
La normativa general de movilidad internacional de los estudiantes está aquí: https://escuelaposgrado.ugr.es/pages/internacional/reglamento-movilidad-internacional
Todo el proceso administrativo de presentación y defensa de la tesis doctoral deberá atenerse a la normativa correspondiente de la universidad de Granada. Esta normativa esta contenida en la página web http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/documentos-normativa/normasdoctoradoytitulodoctor
La publicación asociada a la investigación de la tesis doctoral tendrá que realizarse en un medio de calidad, según la normativa establecida al respecto por la Comisión Académica del programa.
Es importante verificar que los doctorandos cumplen todos los requisitos y en particular, en caso de optar a la mención internacional:
Haber realizado una Estancia de investigación de tres meses completos de duración (o varias que sumen este tiempo) en un centro no español. Esta Estancia deberá haber sido solicitada y autorizada por la Dirección de la Escuela de Doctorado (hay un impreso de solicitud disponible en la web de la Escuela de Doctorado, apartado de Solicitudes e impresos).
Al menos una parte de la Tesis doctoral escrita en un idiomea científico no español: inglés, Alemán, Francés, etc.
Un miembro del tribunal procede de una Universidad no española.
Dos expertos internacionales (adscritos a univeridades o centros de investigación no españoles) deben leer la tesis en su versión final y emitir un invorme favorable.
Se solicita la mención internacional mediante el impreso correspondiente.
Los crierios de calidad aplicables a tesis matriculadas con posterioridad al curso 2018-19 se pueden consultar en el acuerdo correspondiente aquí.
Para tesis doctorales matriculadas con anterioridad los criterios de calidad han quedado obsoletos, pues algunos de los índices ya no existen o no se actualizan. Como regla general, se aceptan artículos en revistas de Filosofía o campos afines que estén en SCOPUS. Si no lo están, que sean revistas españolas o latinoamericanas que estén indexadas en Latindex y cumplan al menos 30 requisitos. Si se trata de capítulos de libro, las editoriales deben estár en el listado SPI.
Las tesis presentadas como una agrupación de trabajos de investigación publicados deben cumplir los siguientes requisitos:
Mínimo de tres artículos publicados, o aceptados para su publicación, con posterioridad al inicio de los estudios de doctorado, en un medio de calidad, según la normativa establecida al respecto por la Comisión Académica del programa. Los trabajos que formen parte de una tesis de compendio de publicaciones no podrán formar parte de otra tesis presentada bajo esta misma modalidad. En caso de coautoría con personal en formación no doctor, los restantes autores deberán aportar un escrito, con firma original, reconociendo al doctorando/a como autor principal y renunciando expresamente a presentar dicho artículo como parte de otra tesis doctoral. Se presentará una memoria con una introducción, objetivos, discusión y conclusiones en la que se justifique la unidad temática de los artículos. Se incluirá en la memoria una copia de cada uno de los artículos publicados. Los coautores de los artículos incluidos como parte de la tesis doctoral no podrán formar parte del tribunal de la tesis doctoral.
Pueden ser consultados en el siguiente documento.
El programa de doctorado mantendrá contacto y hará un seguimiento de los egresados doctores por diversas vías.
Para más información puede consultar: http://www.ugr.es/~calidadtitulo/docto/filosofia.pdf