Profesorado

Incorporación de profesores/investigadores al programa

Criterios de Admisión

El profesorado del sistema universitario español deberá contar con, al menos, un sexenio de investigación reconocido (CNEAI) de acuerdo al Real Decreto 1086/1989, que habrá de acreditarse en el momento de cursar la solicitud. En caso de no poder alcanzarlo por su posición académica se alegarán méritos equivalentes, conforme específica el artículo 20 de la normativa de la Universidad de Granada sobre estudios de Doctorado, como mínimo cinco contribuciones de impacto, de las que al menos tres serán artículos científicos. Los criterios de valoración de las publicaciones son los siguientes:

  • En artículos de revista, Web of Science, SJR (Q1 y Q2), Scopus (Q1 y Q2), o Sello de Calidad FECYT (C1 y C2). En cuanto a libros y capítulos de libros, SPI, editoriales nacionales (Q1) y editoriales extranjeras (Q1 y Q2).

En el caso de profesoras/es de sistemas universitarios extranjeros se valorará el currículum investigador y las publicaciones recientes, cuyos indicadores de calidad deberán ser equiparables a los establecidos por la CNEAI.

El Programa de Doctorado de Lenguas, Textos y Contextos tiene condiciones específicas para la admisión del profesorado del programa y es requisito necesario que el solicitante tenga, como mínimo, una antigüedad posdoctoral de cinco años.

Se considerarán profesores colaboradores externos vinculados al Programa de Doctorado en Lenguas, Textos y Contextos aquellos investigadores que ofrezcan dirigir o codirigir tesis doctorales en el programa. Estos profesores han de cumplir los mismos requisitos que se exige al profesorado del programa para dirigir una tesis (tener reconocido al menos un periodo de investigación o méritos equivalentes).

Las solicitudes de acceso al programa deben estar vinculadas a la dirección o codirección efectiva de una tesis doctoral dentro del programa. El profesorado debe hacer constar en su solicitud la línea de investigación a la que desea incorporarse. La Comisión Académica evaluará, en primera instancia, la solicitud recibida y la elevará al Comité de Dirección de la Escuela de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas (EDHCSJ), que dictaminará favorable o desfavorablemente. La EDHCSJ tiene establecidos criterios sobre número de tesis en dirección por un mismo profesor/investigador. Los criterios pueden consultarse en:

http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/escuelas/edhcsj/pages/normativa

  • El documento para que un profesor solicite su admisión en un Programa de Doctorado de la Universidad de Granada está disponible en:

http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/impresos/tribunal/_doc/solicitudprofesorpd

  • El documento para solicitar la admisión como Profesor Colaborador Externo en un Programa de Doctorado en la UGR está disponible en:

http://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/doc/solicitud_profesor_colaborador_programa_doctorado

Información sobre requisitos para la dirección y codirección de tesis doctorales

El director, que puede coincidir o no con el tutor, será propuesto por la comisión académica del programa de entre los profesores adscritos al mismo teniendo en cuenta las preferencias expresadas por el doctorando y oídas las recomendaciones del tutor.

En caso de que se opte por la codirección, en este programa se establece que no deberá haber más de dos codirectores por tesis doctoral, con la única excepción de aquellos casos que involucren fenómenos lingüísticos o literarios referidos a distintas tradiciones literarias o diferentes idiomas.

La universidad de Granada cuenta con una guía de buenas prácticas para la dirección de tesis doctorales que se encuentra publicada en la siguiente dirección url:

https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/escuelas/caed/_doc/codigodebuenaspracticasparaladirecciondetesis/!

El programa facilitará la codirección de tesis en aquellos casos en los que esté justificada por el carácter interdisciplinar del tema y la especialización complementaria de los codirectores, así como cuando la codirección se inscriba en el marco de convenios interuniversitarios y de co-tutela.

Igualmente, dadas las condiciones mencionadas de complementariedad de especialización, se promoverán las tesis codirigidas por profesores veteranos, que hayan dirigido 2 o más tesis, y noveles, que no hayan dirigido ninguna.

En caso de que se opte por la codirección, en este programa se establece que no deberá haber más de dos codirectores por tesis doctoral, con la única excepción de aquellos casos que involucren fenómenos lingüísticos o literarios referidos a distintas tradiciones literarias o diferentes idiomas.

Mecanismos de cómputo de la labor de tutorización y dirección de tesis- según verifica

  • Tutor

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, en su sesión del día 31 de octubre de 2012, aprueba el siguiente acuerdo sobre la tutorización de alumnos en Programas de Doctorado, verificados por el RD99/2011: “La tutorización en Programa de Doctorado se considera una actividad de gestión académica del profesorado. Dicha actividad podrá ejercerse de forma individual o agrupando a doctorandos en un grupo pequeño, según determine cada programa”.

Esta actividad le será reconocida al profesorado de dos formas distintas:

1. Se incorporará la siguiente compensación en el Plan de Ordenación Docente: Por cada doctorando sobre el que ejerza la labor de tutorización se compensará al tutor o tutora hasta 0,1 créditos por cada curso académico, pudiendo aplicarse esta compensación durante los tres primeros cursos en los que el doctorando es tutorizado. Por este tipo de compensaciones se computarán como máximo 0,5 créditos por tutor o tutora y por curso académico. La introducción de la compensación se realizará en el curso académico siguiente al que se ha ejercido la labor de tutorización.

2. La actividad de tutorización se certificará para que tenga efecto en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.

  • Director

El Plan de Ordenación Docente de la Universidad de Granada 2012-2013, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión ordinaria de 19 de marzo de 2012, establece el siguiente mecanismo de cómputo de la labor de dirección de tesis doctorales (ya aplicado en cursos anteriores).

Por cada tesis doctoral dirigida y leída entre el 1 de mayo de 2011 y el 19 de abril de 2012 en un ámbito de conocimiento, se compensarán hasta 1,5 créditos al director en el curso 2012-2013. En caso de ser una dirección múltiple, dichos créditos se distribuirán de forma equitativa entre los distintos directores. Como máximo, se computarán 3 créditos por profesor o profesora y por curso académico.

Adicionalmente la actividad de dirección de tesis se contabilizará en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.

Portal de Seguimiento de Doctorandos

El Portal de Seguimiento de Doctorandos es la herramienta que utilizarán tutores, directores y doctorandos para gestionar la actividad del doctorando en el Programa de Doctorado. Su acceso se realiza a través de la Oficina Virtual de la Universidad de Granada. Se puede consultar aquí una guía de uso de dicho Portal.