Normativa para las defensas de planes de investigación no presenciales

Condiciones para autorizar la defensa de planes de investigación en el programa de doctorado de CCSS

(Normativa aprobada por la comisión académica del programa con fecha 2 de marzo de 2020)

Como norma general las defensas de planes de investigación no presenciales sólo celebrarán de forma extraordinaria. Siendo la forma recomendada la defensa presencial de los planes.

El programa de doctorado celebrará defensas dos veces al año: en otoño y en primavera. En esas convocatorias, solo en circunstancias justificadas y con la autorización de la comisión académica se organizarán defensas no presenciales.

En el caso de que la defensa sea autorizada bajo esta modalidad el director de la tesis deberá garantizar que se cumplan las siguientes condiciones:

1. La defensa deberá realizarse en un local de la universidad preparado al efecto. La ubicación donde se encuentre el doctorando deberá ser igualmente un local adecuadamente preparado para garantizar una conexión estable y con una elevada calidad en la transmisión de la señal de audio y video.
2. El responsable deberá realizar las pruebas previas y ocuparse de que en el momento de la celebración todo el sistema esté plenamente operativo. Estas tareas no serán responsabilidad del programa ni de las comisiones.
3. Si, pese a todo lo anterior y por las circunstancias que sean la conexión no se desarrolla a plena satisfacción de la comisión que esté actuando en este momento. El presidente podrá suspender la defensa. La prueba se considerará no completada, la calificación del doctorando será “no presentado” y la convocatoria se dará por perdida.

Granada 2 de marzo de 2020

La comisión académica