Perfiles de ingreso y complementos de formación El sistema de acceso genera cuatro perfiles de ingreso fundamentales, que dependen de la formación previa del doctorando:
En función de la relación de la formación previa con el área de conocimiento del programa podrán exigirse complementos de formación específicos relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación del campo de conocimiento.
Los complementos de formación necesarios para cada perfil serán acordados por consenso entre el coordinador del programa y el tutor asignado al alumno; serán dependientes de la formación de base, perfil de ingreso del doctorando y línea de investigación seleccionada, y se elegirán preferentemente entre las asignaturas de los Títulos de Máster relacionados con el Programa de Doctorado.
La comisión académica del programa analizará de forma particular los casos de los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo para garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
Actividades formativas Se ofertarán actividades formativas comunes de la Escuela de Posgrado de Ciencias de la Salud y específicas del programa de doctorado en farmacia.
Entre las primeras se incluyen: Búsqueda y gestión de información científica. Taller de Elaboración y Evaluación de un Proyecto de Investigación. Ruta emprendedora. Patentes: Lo que todo investigador debe saber. Orientación profesional y técnicas de búsqueda de empleo. Taller de Escritura/Elaboración/Preparación de un artículo científico.
Entre las segundas: Seminarios y conferencias del programa. Movilidad dentro de la International Doctorate Network in Pharmacy asociada a este programa.
Asignación de Tutor y Director La primera actuación será asignar un tutor, que debe ser un profesor adscrito al programa. El Tutor es el responsable de la adecuación de la formación del doctorando a los principios del programa, y orientará al alumno en todo lo que se refiere a la relación del alumno con el programa. La Comisión Académica, oído el doctorando y el Tutor, podrá modificar el nombramiento del Tutor de un doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas. Asimismo, la Comisión Académica responsable del Programa asignará a cada doctorando un Director de Tesis doctoral, que podrá ser coincidente o no con el Tutor. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor, incluso cuando no pertenezca al programa de doctorado, siempre y cuando cumpla las normas específicas para ser director de tesis de la Universidad de Granada. La Comisión Académica, oído el doctorando y el director, podrá modificar el nombramiento de Director de la tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
Para la asignación del tutor, que debe ser un profesor adscrito al programa, la Comisión Académica del Programa tendrá en cuenta: (a) los intereses y motivaciones del Doctorando expresados en su solicitud de admisión, (b) la distribución de Tutores dentro del Programa, y (c) la opinión favorable o desfavorable a dicha asignación por parte del Doctorando y por parte del Tutor. La modificación del Tutor en este momento o en cualquier momento del período de realización del Doctorado requerirá que concurran razones justificadas expresadas por escrito tanto por parte del Doctorando como por parte del Tutor.
Para la asignación del Director,el principal criterio será la idoneidad y coherencia de la temática de la Tesis doctoral con la trayectoria investigadora del Director. La Comisión antes de asignar el Director encargará a dos de sus miembros que valoren para cada caso la propuesta de Director de acuerdo con dicho criterio así como la conveniencia de proponer una codirección. La modificación del Director o Directores en este momento o en cualquier momento del período de realización del Doctorado requerirá que concurran razones justificadas expresadas por escrito tanto por parte del Doctorando como por parte del Director o Directores.
Control del documento de actividades Una vez matriculado en el programa, también se materializará para cada doctorando el documento de actividades personalizado. En él se inscribirán todas las actividades que el Tutor haya considerado que debe realizar el doctorando, de entre las incluidas por las Comisión Académica en el plan de formación y una vez aprobadas por esta última. El documento de actividades será revisado anualmente por el Tutor y evaluado por la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado. La comisión académica del programa establecerá las modificaciones necesarias para los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo y el documento de actividades y garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
Valoración anual del plan de investigación y del documento de actividades Antes de los seis primeros meses para alumnos a tiempo completo o de la finalización del primer año para alumnos a tiempo parcial, el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal. El Plan de investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición pública y defensa por parte del doctorando. Cada Programa regulará el procedimiento para esta defensa. Anualmente, el alumno presentará un informe sobre el desarrollo de su Plan de Investigación, los avances conseguidos y las modificaciones realizadas. La Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto presentará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando, su Tutor y su Director. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de Doctorado.