Internacionalización

1. Doctorado europeo/internacional.

Normativa de Doctorado Europeo

Requisitos

Se podrá incluir en el anverso del título de Doctor o Doctora la mención «Doctor europeo», siempre que concurran las siguientes circunstancias:

- Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea, cursando estudios o realizando trabajos de investigación que le hayan sido reconocidos por la universidad. - Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. - Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España. - Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado 1 y los mencionados en el apartado 3, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la propia Universidad en la que el doctorando estuviera inscrito.

Tramitación Administrativa

Los doctorandos interesados en obtener la mención de “Doctorado Europeo” de la Universidad de Granada deberán entregar en el momento de depositar su Tesis Doctoral, la siguiente documentación:

  1. Instancia solicitando que le sea expedida la mención de “Doctor Europeo”
  2. Los informes favorables a que se refiere el punto 3 de los requisitos.
  3. Certificación de la estancia de, al menos, tres meses en otro país europeo, durante la cual haya llevado a cabo trabajos relacionados con la Tesis presentada. Esta certificación habrá de ser expedida por el centro donde ha realizado la estancia de investigación.

La evaluación de los informes y certificaciones indicadas corresponderá a la Comisión de Doctorado de la Universidad.

En los casos en que la Comisión de Doctorado de su visto bueno a la documentación presentada y una vez admitida a trámite la Tesis Doctoral, se remitirá al secretario del Tribunal encargado de juzgarla una certificación firmada por el Secretario/a de la Comisión, conjuntamente con el resto de la documentación para la lectura de la Tesis.

Tras la defensa de la Tesis, el Secretario del Tribunal certificará que se han cumplido los requisitos para optar al Doctorado Europeo, es decir,

  1. Que el tribunal ha sido constituido con, al menos un miembro perteneciente a un centro de enseñanza superior o instituto de investigación de otro país europeo.
  2. Que la defensa de la Tesis Doctoral fue hecha parcialmente en un idioma oficial de otro estado de la Unión Europea.

Acreditación académica

La acreditación de Doctor Europeo se reflejará en el título oficial de Doctor.

Normativa de Doctorado Internacional

Requisitos

La Universidad de Granada podrá emitir una certificación académica donde se haga constar que una tesis doctoral defendida en el seno de la misma ha obtenido la “Mención de Doctorado Internacional”, cuando la Comisión de Doctorado estime que las solicitudes cumplen los requisitos siguientes:

  1. Que durante su etapa de formación en el programa oficial de posgrado, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en instituciones de enseñanza superior o de investigación de reconocido prestigio internacional, cursando estudios o realizando trabajos de investigación que le hayan sido reconocidos por el órgano responsable del mencionado programa.
  2. Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y presentado en una lengua distinta de las lenguas oficiales en España. Este requisito podrá dispensarse cuando la estancia a que se refiere el párrafo anterior se haya realizado en un país que tenga al español como lengua oficial.
  3. Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos pertenecientes a alguna institución de educación superior o de investigación de reconocido prestigio internacional, ubicada fuera de España.
  4. Que, al menos, un experto con el grado de doctor, distinto de los mencionados en el párrafo anterior, pero también perteneciente a alguna institución de educación superior o de investigación de reconocido prestigio internacional y ubicada fuera de España, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.
  5. Para las tesis elaboradas y defendidas en el marco de un programa cooperativo impartido por la Universidad de Granada en colaboración con Universidades de otro país, dicho país quedará también excluido, al igual que España, a efectos de cumplimiento de lo previsto en los párrafos anteriores.
  6. Que no se cumplan los requisitos para obtener la mención de doctorado europeo.

Para valorar el cumplimiento de los requisitos anteriores, la Comisión de Doctorado podrá recabar la información complementaria que estime pertinente.

Tramitación Administrativa

Los doctorandos interesados en obtener la mención de “Doctorado Internacional” de la Universidad de Granada deberán entregar en el momento de depositar su Tesis Doctoral una Instancia solicitando que le sea expedida la mención de “Doctorado Internacional ” y acompañarla de la documentación que se especifica en el párrafo anterior.

La evaluación de los informes y certificaciones indicadas corresponderá a la Comisión de Doctorado de la Universidad.

En los casos en que la Comisión de Doctorado de su visto bueno a la documentación presentada y una vez admitida a trámite la Tesis Doctoral, se remitirá al secretario del Tribunal encargado de juzgarla una certificación firmada por el Secretario/a de la Comisión, conjuntamente con el resto de la documentación para la lectura de la Tesis.

Tras la defensa de la Tesis, el Secretario del Tribunal certificará que se han cumplido los requisitos para optar al Doctorado Internacional, es decir,

  1. Que el tribunal ha sido constituido con, al menos un miembro perteneciente a un centro de enseñanza superior o instituto de investigación de otro país.
  2. Que la defensa de la Tesis Doctoral fue hecha parcialmente en un idioma oficial de otro estado de la Unión Europea.

Acreditación académica

La Universidad de Granada emitirá una acreditación en la que hará constar que la tesis ha sido defendida de acuerdo con la normativa de Doctorado Internacional. Dicha mención no figurará como tal en el título de doctor.

2. Becas y ayudas de movilidad.

  • Programa de becas de la AUIP. La Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado -AUIP- es un organismo internacional no gubernamental reconocido por la UNESCO, dedicada al fomento de los estudios de posgrado y doctorado en Iberoamérica.
  • Becas de la Fundación FULLBRIGHT. La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico tiene como misión principal la concesión de becas Fulbright por las que titulados superiores pueden estudiar, investigar o enseñar en Estados Unidos, si son españoles o en España si son estadounidenses.
  • Becas Fundación CAROLINA. Becas de Posgrado,  Doctorado y Estancias Cortas posdoctorales y de Formación Permanente. Esta última abierta indistintamente a latinoamericanos y españoles.

3. Información para estudiantes internacionales.

Puedes encontrar toda la información para estudiantes internacionales en la web de la Escuela Internacional de Posgrado de la Universidad de Granada.

4. Tesis en régimen de co-tutela.

TESIS DOCTORAL EN COTUTELA

1. La cotutela es un régimen que da lugar a la obtención del Título de Doctor/a por dos o más Universidades: la Universidad de Granada (UGR) y una o más Universidades extranjeras.
2. La tesis doctoral será supervisada por Doctores/as de dos o más universidades, de las cuales una deberá ser la UGR y el resto extranjeras, estas deberán formalizar un convenio de cotutela.
3. Durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor/a, el/la doctorando/a deberá realizar una estancia mínima de seis meses en cada una de las instituciones con las que se establece el convenio de cotutela, realizando trabajos de investigación, bien en un solo período o en varios.
Infografía Formato PDF

Procedimiento de Cotutela

Aprobado en la I reunión conjunta de los Comités de Dirección de las Escuelas de Doctorado de la EIP, celebrada el 12 de mayo de 2025

1. Consideraciones iniciales

Para poder solicitar la cotutela debe ser estudiante oficial de un programa de doctorado

En el caso de estudiantes de doctorado matriculados/as inicialmente en una universidad socia con la que se plantea la cotutela, la solicitud de admisión a un programa de doctorado de la UGR, deberá hacer alusión a la intención de establecer un posible acuerdo de cotutela.

Tiempos orientativos de las distintas fases de la gestión de la cotutela:

Estudio de la solicitud (Aproximadamente 15 días).
Admisión del estudiante, presentación/modificación plan de investigación (mínimo 4 meses).
Revisión del convenio (Aproximadamente 21 días) desde la recepción del primer borrador.
Negociaciones finales (Aproximadamente 15 días) desde la aprobación interna del convenio.
Firma del convenio en función del tipo de firma (digital o manual) (Aproximadamente 21 días).

2. Solicitud de autorización para realizar la tesis en régimen de cotutela

El/la Director/a de la tesis en la UGR presentará la solicitud de autorización para realizar la tesis en régimen de cotutela mediante el procedimiento establecido en la sede electrónica: enlace

Si la persona propuesta como Director/a en la Universidad de Granada no pertenece al profesorado propio del programa de doctorado en el que se inscribirá la tesis en régimen de cotutela, deberá indicarse expresamente en la solicitud. Asimismo, deberá adjuntarse una solicitud de reconocimiento como profesor/a colaborador/a, incluyendo la información correspondiente.

Solicitud profesor colaborador

En caso de respuesta positiva:

2.1. Estudios de doctorado iniciados en UGR

El/la estudiante deberá incluir en el Plan de Investigación, la propuesta de cotutela junto con su correspondiente Solicitud de profesor/a colaborador/a de programa de doctorado del directora/a de la tesis en la institución socia. También deberá matricularse de forma oficial como estudiante de doctorado en la institución socia y a su vez deberá informarse de los requisitos exigidos por dicha institución.

De forma excepcional si su plan de investigación ya ha sido aprobado y no hace referencia a la cotutela, deberá solicitar un cambio de dicho plan través del Portal de Seguimiento Académico (tipo CTU1), adjuntando la Solicitud profesor/a colaborador/a de programa de doctorado del director/a de la tesis en la institución socia.

2.2. Estudios de doctorado iniciados en la institución socia

En el caso de estudiantes de doctorado matriculados/as inicialmente en una universidad socia, estos solicitarán la admisión a los estudios de doctorado en el programa de su interés, declarando su intención de realizar la tesis en régimen de cotutela.

Una vez admitidos presentarán su plan de investigación (o solicitarán el reconocimiento del plan defendido en origen) junto con su correspondiente Solicitud de profesor/a colaborador/a de programa de doctorado del director de la tesis en la institución socia.

Solicitud Profesor Colaborador Formato Word

3. Elaboración del borrador de Convenio de cotutela

Una vez presentado el plan de investigación, el/la director/a UGR con la ayuda del/la doctorando/a, elaborarán el borrador del convenio de cotutela con la contraparte homóloga, utilizando el modelo proporcionado por la EIP. Una vez unificado con el modelo de la universidad socia y recopilada la información de la lista de verificación, se presentará la documentación a través del correo doctoradocotutela@ugr.es

Una vez finalizada la negociación administrativa del borrador del convenio de cotutela con la universidad socia y recibido este firmado por el/la director/a y el/la doctorando/a, se enviará el convenio a la Comisión Académica del Programa de Doctorado de adscripción de la tesis doctoral para su aprobación, al Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente para su posterior ratificación y por último al Consejo Asesor de Escuelas de Doctorado para su aprobación final

Idioma de redacción del convenio: uno de los originales del convenio estará redactado en español o en inglés.

Borrador Convenio Cotutela Español

Borrador Convenio Cotutela Inglés

4. Mención Internacional

La tesis en cotutela podrá dar lugar a la inclusión de la mención «Doctorado Internacional» en el título de Doctora o Doctor emitido por la Universidad de Granada siempre que las estancias se realicen en instituciones diferentes de las propias del convenio formalizado y que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

5. Trámites posteriores a la firma del convenio

Una vez concluida la firma del convenio de cotutela, para cualquier consulta o trámite relacionado con su tesis (defensa, tribunales, expedición título…) deberá contactar con el servicio de doctorado.

Cualquier consulta deberá ir dirigida a --LOGIN--bcc1a9bf67ff6449d351fc209ea80d71ugr[dot]es .

5. Tesis con mención Internacional.

La concesión de la mención a los alumnos de los programas de doctorado, que se reflejará en el acta correspondiente, dará derecho a incluir en el anverso el título de doctor o doctora la mención “Doctorado Internacional”.

Requisitos

Estancia

¡¡Novedad importante!!

NOTA PREVIA DEROGADA por el acuerdo del CAED de 29 de septiembre de 2021 sobre las movilidad de estudiantes de doctorado.

NOTA PREVIA: Las solicitudes de estancia virtual tendrá que contar previamente con la “solicitud para realizar la estancia en una institución de enseñanza superior o centro de investigación” a la que se alude a continuación. Es decir, si presenta la solicitud para realizar la estancia virtual en una institución, debe tener autorizada que pueda realizar la estancia (presencial o virtual) en la misma.

  • Cuándo: la estancia podrá realizarse una vez admitido/a al programa de doctorado correspondiente y será incorporada al documento de actividades del doctorando o de la doctoranda.
  • Dónde: En una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio de un país extranjero, distinto del país en el que el doctorando o la doctoranda cursara los estudios que dan acceso al programa de doctorado (grado y máster o equivalente) y distinto del país de residencia. En caso de que haya evidencia documentada y contrastada de la excelencia de la institución en la que se plantea la estancia y se justifique debidamente su conveniencia sobre otras posibles estancias, el Comité de Dirección de la Escuela correspondiente podrá autorizar estancias en el mismo país en el que se cursaron los estudios que dan acceso al doctorado. (Acuerdo de 25 de noviembre de 2015 del Consejo Asesor de Escuelas de Doctorado). La tesis en cotutela podrá dar lugar a la inclusión de la mención “Doctorado Internacional” en el título de doctor si se realizan estancias en instituciones diferentes de las propias del convenio formalizado.
  • Duración: la duración mínima de la estancia será de tres meses. En casos debidamente justificados se admitirán estancias cuya suma sea igual o superior a tres meses, siempre y cuando cada una de ellas tenga al menos una duración de un mes.
  • Solicitud para realizar la estancia en una institución de enseñanza superior o centro de investigación: Se solicitará la estancia mediante el impreso que se podrá obtener en este enlace. El fichero pdf se aportará a través de solicitudes del PORTAL DE SEGUIMIENTO y el tipo de solicitud es DTI. A dicho documento, se podrán añadir cualquier otro documento que sea necesario.

Tesis: idioma, informes y composición del tribunal

  • Idioma de presentación de la tesis: parte de la tesis doctoral, al menos un resumen extenso y las conclusiones, debe redactarse y presentarse en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en el campo de conocimiento en el que se enmarca el trabajo de investigación, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos/as procedan de un país de habla hispana.
  • Informes de expertos/as: todas las personas expertas propuestas para informar la tesis deberán tener vinculación con universidades o instituciones de educación superior no españolas.
  • Dichos expertos no podrán coincidir con el investigador (o investigadores) que recibió al estudiante y/o realizó tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de acogida.
  • El informe se redactará en español o en inglés. La solicitud de estos informes se realizará una vez que el/la director/a o directores/as hayan autorizado la presentación de la tesis. Las/los expertas/os deberán cumplir los mismos requisitos que se exigen a los/las miembros del tribunal (se adjuntará informe de idoneidad).
  • Composición del tribunal: Las personas expertas que han emitido informe sobre la tesis podrán formar parte del Tribunal de Tesis. . En todo caso, se deberá respetar lo previsto en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público en todo lo alusivo a la abstención cuando se dé alguno de los supuestos previstos en la norma.
  • Las posteriores actuaciones con respecto a la mención de doctorado internacional, incluida la Solicitud de la misma forman parte del procedimiento de Depósito de Tesis Doctoral que podrá consultar en la sección de estudiantes de la página web .

Procedimiento

  • Incluir Movilidad como Actividad Formativa

Cualquier estancia de movilidad internacional que el/la doctorando/a realice durante sus estudios de doctorado (estancias de duración igual o superior a un mes cuyo fin principal sea la investigación y/o actividades directamente relacionadas con el desarrollo de la tesis doctoral) debe ser registrada como actividad académica en el Documento de Actividades (DAD) del Portal de Seguimiento de Doctorandos.

Una vez obtenida la carta de invitación del Centro de destino para realizar la estancia, el Tutor/a tendrá que incluir la movilidad como una actividad formativa (PD11).

Posteriormente, el/la doctorando/a deberá completar los datos de la estancia que se le solicitan.

  • ¿Cómo se incluye la Movilidad como actividad formativa?

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  • Autorización previa y justificación de la estancia
Antes de la estancia: el/la doctorando/a solicitará la autorización para realizar la estancia a la Comisión Académica de su Programa de Doctorado mediante el documento de solicitud de estancia que podrá encontrar en el apartado de impresos.
Los alumnos subirán la solicitud al apartado solicitudes del portal de seguimiento, a través, del acceso identificado.
La Escuela Internacional de Posgrado informará posteriormente sobre la autorización al/la solicitante y al director o directora de tesis por correo electrónico.
Documentación necesaria que se debe adjuntar a la solicitud de autorización de estancia: Para facilitar su aprobación en la Comisión Académica del Programa de Doctorado o Comité de Dirección correspondiente, se recomienda la presentación de una carta de invitación del Centro donde se va a realizar la movilidad.
Al finalizar la estancia en el Centro de destino: el/la doctorando/a deberá solicitar al centro de destino certificación que acredite la estancia (nombre del tutor, actividades realizadas y la duración). La documentación justificativa de la estancia se incorporará a la actividad creada en el Documento de Actividades del Portal de Seguimiento de Doctorandos.
El idioma de dicha certificación podrá ser español, francés, italiano, portugués o inglés. En cualquier otro caso necesitará de la traducción al español junto con la declaración responsable del/la doctorando/a sobre la fidelidad de la misma al texto original.

Financiación

Preguntas frecuentes

  • He realizado la estancia sin solicitar previamente la autorización de la Comisión Académica de mi programa de doctorado. ¿Podré solicitar la mención internacional?
Puede realizar la petición pero podría ser causa de rechazo de la misma por parte del programa de doctorado. Por tanto, lo aconsejable es que antes de iniciar la estancia debe tener la actividad MOVILIDAD (PD11) asignada por su tutor en su documento de Actividades (DAD) y haber obtenido autorización de la Comisión Académica para la realización de la misma. La Solicitud de Autorización debe enviarla a través de la pestaña “Solicitudes” dentro del “Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos”.
Una vez finalizada la estancia, deberá completar los datos y subir la documentación justificativa a la actividad correspondiente del DAD.
  • Realicé mi estancia dentro de la convocatoria del Ministerio de ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de I+D pues disfruto de un contrato/beca FPI o FPU ¿Necesito la autorización de la Comisión Académica de mi programa de doctorado para realizar la estancia con el fin de solicitar la mención internacional ?
Sí, en este caso la autorización será automática siempre que acredite la obtención de la ayuda del Ministerio con este fin, debe especificarlo y acreditarlo en la Solicitud de Autorización a la Comisión de Doctorado de su programa de doctorado.

Impresos

Deberá solicitar a través del Portal de Seguimiento Académico del Doctorando/a la Autorización de Estancia en un centro de investigación extranjero, mediante el formulario normalizado que podrá encontrar en el apartado de impresos.

Una vez resuelta su solicitud, recibirá un correo electrónico con la resolución correspondiente y la solicitud realizarada en el portal figurará la anotación de ACEPTADA.

Asimismo, para solicitar la mención internacional en el título de doctor/a, tendrá que presentar junto con el resto de documentos exigidos en el depósito de tesis doctoral el siguiente impreso relleno y firmado:

  • Solicitud de Mención Internacional