La Universidad de Granada cuenta con el Servicio de Asistencia Estudiantil, página WEB http://ve.ugr.es/pages/sae, al que se podrán dirigir aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales
Una vez que la EIP comunica al Programa que el alumno se ha matriculado, la gestión se realizará a través de una aplicación informática que permitirá al Coordinador conocer en cada momento la información relevante del doctorando. La primera actuación por parte de la Comisión Académica del Programa será asignar a dicho alumno un tutor, que debe ser un profesor adscrito al programa. El Tutor es el responsable de la adecuación de la formación del doctorando a los principios de los programas, y orientará al alumno en todo lo que se refiere a la relación del alumno con el Programa. La Comisión Académica, oído el doctorando y el Tutor, podrá modificar el nombramiento del Tutor de un doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando, su Tutor y su Director. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de Programas de Doctorado.
En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del Programa velará por qué cada doctorando tenga asignado un Tutor que podrá ser coincidente o no con el Director de Tesis doctoral, que en todo caso, deberá cumplir las normas específicas para ser director de tesis de la Universidad de Granada. La Comisión Académica, oído el doctorando y el director, podrá modificar el nombramiento de Director de la tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
Los recursos materiales y servicios guardan relación actividades formativas propuestas, el número de estudiantes en el programa y tipo de investigación a realizar. Entre estos recursos y servicios se incluyen bibliotecas, salas de lectura y de reuniones, aulas y otras instalaciones similares necesarias para realizar actividades de exposición y defensa de planes de trabajo, seminarios, conferencias, provistas de los medios audiovisuales más actuales.
Los recursos materiales y servicios recogidos incluyen también laboratorios y equipamiento científico necesario para la ejecución de los planes de Trabajo propuestos por los estudiantes y especializados para cada línea de investigación.
Además se cuenta con la colaboración de personal de Administración y Servicios del Instituto de Biotecnología, Instituto del Agua y Estación Experimental del Zaidin (CSIC) y de los Departamentos de la UGR donde se desarrollan la actividad científica de los profesores que conforman el Programa Biología Fundamental y de Sistemas (BFS). Ellos son los encargados del mantenimiento básico de laboratorios, aulas y medios técnicos para el desarrollo de la actividad investigadora
El primer criterio de admisión al programa BFS exige el aval de un Director para la realización de la Tesis Doctoral, los estudiantes tienen garantizado el acceso y el uso de instalaciones e infraestructuras de la UGR, y por lo tanto la seguridad de contar con los recursos y servicios que permitan la adecuada ejecución del Plan de trabajo, que en un alto porcentaje implican la experimentación en laboratorios especializados. Todos los Centros, Departamentos e Institutos participantes aportan las instalaciones propias; a la descripción de las mismas así como a más información complementaria se puede acceder en el: siguiente documento.
Antes de los seis primeros meses para alumnos a tiempo completo o de la finalización del primer año para alumnos a tiempo parcial, el doctorando presentará un Plan de Investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. El Plan de Investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal. El Plan de Investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición y defensa por parte del doctorando. Se habilitará una aplicación informática a través de la cual los doctorandos deberán facilitar los datos que se les soliciten junto con su plan de investigación inicial, tras lo cual serán convocados a una sesión de exposición y discusión de planes de investigación.
El Director de la tesis doctoral será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de investigación, del impacto y novedad en su campo de la temática de la tesis doctoral y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a los proyectos y actividades en los que se inscriba el doctorando.
Es requisito mínimo para ser Director o co-Director de una tesis tener reconocido al menos un periodo de investigación de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que esto no sea de aplicación, deberá acreditar méritos equivalentes.
Como norma general, la dirección debe recaer en una sola persona salvo casos debidamente justificados.
Toda propuesta de codirección deberá estar justificada por razones:
En ningún caso se permitirá asignar al doctorando más de dos directores de la misma institución. Dicha autorización puede ser revocada con posterioridad si a juicio de la Comisión Académica la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.
Antes de los seis primeros meses para alumnos a tiempo completo o de la finalización del primer año para alumnos a tiempo parcial, el doctorando presentará un Plan de Investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. El Plan de Investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal. El Plan de Investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición y defensa por parte del doctorando. Se habilitará una aplicación informática a través de la cual los doctorandos deberán facilitar los datos que se les soliciten junto con su plan de investigación inicial, tras lo cual serán convocados a una sesión de exposición y discusión de planes de investigación.
Anualmente, el alumno presentará un informe sobre el desarrollo de su Plan de Investigación, los avances conseguidos y las modificaciones realizadas. La Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de Investigación y el Documento de Actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto presentará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
La Comisión Académica del Programa establecerá las modificaciones necesarias para los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo y el documento de actividades y garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.
El artículo 18.4 de las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada, establece que Una tesis doctoral puede también consistir en el reagrupamiento en una memoria de trabajos de investigación publicados por el doctorando en medios científicos relevantes en su ámbito de conocimiento.
Los artículos que configuren la tesis doctoral deberán estar publicados o aceptados con fecha posterior a la obtención del título de grado y máster, no podrán haber sido utilizados en ninguna tesis anterior.
Si la publicación ha sido realizada por varios autores, además del doctorando, se debe adjuntar la declaración de los restantes autores de no haber presentado dicha publicación en otra tesis doctoral o la renuncia a hacerlo.
En esta modalidad, la tesis debe tener además de los apartados mencionados en el punto anterior [ Art. 18.3.- La tesis debe contar, al menos, con los siguientes contenidos: título, resumen, introducción, objetivos, metodología, resultados, conclusiones y bibliografía.], los artículos que la componen, bien integrados como capítulos de la tesis o bien como un Anexo.”
Los requisitos adicionales del programa pueden consultarse en el siguiente enlace: Requisitos adicionales del Programa BFS.
El Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de Ciencias, Tecnologías e Ingenierías, en el ámbito de sus competencias, ha establecido los siguientes requisitos y condiciones adicionales así como determinadas concreciones de procedimiento:
Solicitud para la presentación de una tesis bajo este procedimiento:
Publicaciones
El programa de doctorando mantendrá contacto y hará un seguimiento de los egresados doctores.