Para ser Director o Co-Director de Tesis Doctoral debe ser miembro del PD como Profesor Permanente (profesor “propio”) o Profesor Colaborador. Solo es posible ser Profesor Permanente de 1 PD en la Universidad de Granada y puede solicitarlo cualquier investigador que cumpla los siguientes criterios:
1. Si reúnen los requisitos de la CNEAI para tener “sexenios de investigación”, deben tener al menos uno concedido y el último sexenio “vivo”, es decir, con una antigüedad inferior a 8 años. Si su situación profesional no le permitiese tener sexenios, se requieren 5 publicaciones en los últimos 6 años, todas ellas indexadas en JCR y al menos 3 de ellas en el primer tercil de la categoría.
2. Ser IP o IC en 1 proyecto de investigación en los últimos 6 años.
3. Al menos 2 tesis dirigidas en los últimos 6 años en cualquier Programa de Doctorado de la UGR, preferentemente en el de Medicina Clínica y Salud Pública.
En su solicitud cada profesor/a solicitará a la Comisión Académica su adscripción a una de las líneas de investigación del Programa de Doctorado.
Estos requisitos se revisarán cada 6 años y deben mantenerse las tres condiciones para permanecer en el programa.
Si un Profesor desea ser admitido como Profesor Permanente del Programa, debe enviar esta SOLICITUD a la Escuela Internacional de Posgrado (epdoctorado@ugr.es), donde se recojan los méritos de investigación de los últimos seis años que justifiquen su inclusión en el programa.
En cuanto al profesor colaborador, se es profesor colaborador de un programa siempre que tenga un doctorando realizando la tesis en el mismo. Si nunca antes ha tenido un doctorando en un PD, no es necesario solicitar su pertenencia a él a título individual sino que es el doctorando, en su solicitud de acceso al PD el que adjunta una solicitud del Director para pertenecer al PD como profesor colaborador. Esta solicitud la puede descargar de AQUI y la tiene que adjuntar el Doctorando entre su documentación para acceder al PD en las fechas indicadas. A todos los efectos, en relación a la dirección de la tesis doctoral, tanto el Profesor Permanente como el Colaborador, tienen el mismo valor, aunque los requisitos para ser Profesor Permanente son algo mayores que para ser Profesor Colaborador.
Los criterios para ser admitido como Profesor Colaborador son:
1. Si reúnen los requisitos de la CNEAI para tener “sexenios de investigación”, deben tener al menos uno concedido y el último sexenio “vivo”, es decir, con una antigüedad inferior a 8 años. Si su situación profesional no le permitiese tener sexenios, se requieren 5 publicaciones en los últimos 6 años, todas ellas indexadas en JCR y al menos 3 de ellas en el primer tercil de la categoría.
2. Ser IP o IC en 1 proyecto competitivo en los últimos 6 años.
En su solicitud cada profesor/a solicitará a la Comisión Académica su adscripción a una de las líneas de investigación del Programa de Doctorado que están ya estipuladas.
Si el Profesor que presenta el doctorando como candidato a ser Director, ya es Colaborador en ese PD, entonces no tiene que enviar documentación adicional sobre el CV del profesor alguna.
El doctorando, en el proceso de admisión al Programa, se presentará con un solo director avalando su solicitud de admisión. Igualmente, para la presentación del Plan de Investigación, el alumno debe tener el aval y la autorización de su Director original (sólo uno). Si el alumno y su Director deciden que la tesis doctoral debe estar dirigida también por un segundo director, se debe proceder de la siguiente forma:
1. Cuando el doctorando sube la memoria del Plan de Investigación al Portal de Seguimiento, debe justificar en la misma la necesidad científica/investigadora de una segunda figura como Director, especificando qué papel tendrán cada uno de ellos. De esta forma, la Comisión de Evaluación podrá decidir si es o no pertinente la figura de un codirector.
2. En el supuesto que el codirector ya sea Profesor propio del Programa de Doctorado o Profesor Colaborador del mismo (situación que se puede comprobar en este ENLACE ) no es necesario aportar más documentación. El PD lo asignará automáticamente. En el supuesto que el codirector propuesto no sea todavía investigador del Programa de Doctorado, el doctorando recibirá un email para que adjunte, a través de la pestaña “Solicitudes” de su portal de seguimiento, el documento de “solicitud para participar en un programa de doctorado” comentado anteriormente ( SOLICITUD ). También puede el doctorando adelantarse a ese email y enviar la Solicitud una vez que tenga la certeza de que la Comisión de Evaluación ha aprobado su plan de Investigación y su codirección. Será entonces cuando, esta vez la Comisión Académica del Programa de Doctorado, evalúe si el Codirector propuesto cumple los criterios curriculares necesarios para ser director de tesis doctoral en el Programa Medicina Clínica y Salud Pública. Si la Comisión Académica acepta entonces a ese profesor/investigador como investigador del Programa, entonces ya tendrá el visto bueno para ser codirector.
Por tanto, cuando la Comisión de Evaluación de el visto bueno a la presencia de un codirector y cuando la Comisión Académica del Programa de el visto bueno al CV del codirector, entonces la Escuela Internacional de Posgrado dará de alta a dicho codirector. Este procedimiento puede tardar varias semanas desde la defensa del Plan de Investigación.
En los casos donde la inclusión del Codirector se solicite posteriormente a la defensa del Plan de Investigación, el doctorando debe solicitar a través del Portal de Seguimiento un cambio en la dirección de la Tesis Doctoral, utilizando la pestaña de “Solicitud” y seleccionando el documento “Solicitud de cambio en el Proyecto de Tesis Doctoral”. En este documento, señalará la opción de “Solicita cambio de directores”, rellenará los datos según las instrucciones del propio documento y se subirá al portal. Además, debe adjuntar de nuevo su plan de investigación, justificando en un apartado de la memoria el motivo de inclusión de ese nuevo Director. Si solicita la inclusión de un Profesor que ya está en el Programa, no tendrá que adjuntar nada más, pero si el Profesor no está en el Programa de Doctorado, como se ha comentado más arriba, deberá adjuntar además de esta solicitud de cambio de directores, la solicitud del Profesor ( SOLICITUD )
Con toda esta documentación, la Comisión Académica del Programa de Doctorado decidirá si es pertinente la inclusión de un nuevo director, o bien, en el caso de que el plan de investigación haya sufrido modificaciones importantes, la presentación de un nuevo plan.
Los criterios para poder ser Director de una Tesis Doctoral en el PD Medicina Clínica y Salud Pública son los siguientes:
1. Tener reconocido al menos un periodo de investigación reconocido por la CNEAI de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. 2. El periodo transcurrido entre la fecha de finalización del último periodo de investigación reconocido por la CNEAI y la fecha de la solicitud de dirección de tesis debe ser inferior a 8 años. 3. Haber participado como Investigador Principal y/o Colaborador en un proyecto de investigación activo o con fecha de finalización en los cinco años anteriores a la solicitud de adscripción/presentación de plan de trabajo al Programa. Dicho proyecto debe haber sido concedido en convocatorias competitivas Autonómicas, Nacionales o Internacionales. 4. Haber pasado al menos un año desde la obtención del título de Doctor.
En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que NO sea de aplicación el reconocimiento de periodos de investigación por la CNEAI, deberá acreditar méritos equivalentes. La Comisión Académica considerará como “equivalente” si cumple alguno de los siguientes supuestos (en todos los casos se considerarán solo trabajos publicados en los 6-7 años previos a su solicitud como codirector):
1). Cinco trabajos indexados en revistas reconocidas en JCR y de los cuales al menos 3 deben situarse en el primer Tercil de la categoría JCR.
2). Dos trabajos en 1º cuartil + tres trabajos en 2º cuartil
3) Tres trabajos en 1º cuartil + un trabajo en 2º cuartil + un trabajo 3º cuartil
4) Cuatro trabajos en 1º cuartil + un trabajo en JCR
Se admitirá la dirección por dos directores (Codirección) en cualquiera de los siguientes casos:
a) Que la tesis suponga la colaboración con otros centros, empresas o instituciones. b) Que exista una clara interdisciplinariedad. c) Para promoción de directores noveles que cumplan los requisitos aprobados por esta Comisión Académica sobre la dirección de tesis doctorales. d) Proyectos bajo la dirección de un equipo de investigadores con una trayectoria consolidada de trabajo conjunto que permita acreditar una producción científica significativa, fruto de la sinergia entre los investigadores.
Podrá aceptarse un máximo de tres directores (Triple dirección) siempre y cuando:
a) Los 3 directores propuestos pertenecen a disciplinas diferentes, ó
b) Los 3 directores pertenecen a centros de investigación, empresas, hospitales u universidades diferentes, nacionales o extranjeras.
En ningún caso se admitirá un proyecto de tesis bajo la dirección de cuatro o más directores.
Tutor
La tutorización en Programa de Doctorado se considera una actividad de gestión académica del profesorado. Esta actividad le será reconocida al profesorado de dos formas distintas:
1. Se incorporará la siguiente compensación en el Plan de Ordenación Docente: Por cada doctorando sobre el que se ejerza la labor de tutorización se compensará al tutor o tutora hasta 0,1 créditos por cada curso académico, pudiendo aplicarse esta compensación durante los tres primeros cursos en los que el doctorando es tutorizado. Por este tipo de compensaciones se computarán como máximo 0,5 créditos por tutor o tutora y por curso académico. La introducción de la compensación se realizará en el curso académico siguiente al que se ha ejercido la labor de autorización.
2. La actividad de tutorización se certificará para que tenga efecto en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.
Director
Por cada tesis doctoral dirigida y leída se compensarán hasta 1,5 créditos al director en el curso siguiente al año de la lectura. En caso de ser una dirección múltiple, dichos créditos se distribuirán de forma equitativa entre los distintos directores. Como máximo, se computarán 3 créditos por profesor o profesora y por curso académico.
Adicionalmente, la actividad de dirección de tesis se contabilizará en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.