Doctorandos

Portal de Seguimiento del estudiante de doctorado

A través de la “Oficina Virtual de la Universidad de Granada”-“Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos”, el doctorando podrá acceder al sistema de gestión del programa.

Renovación de matrícula anualmente

Durante el mes de septiembre de cada curso académico, el doctorando tiene la obligación de renovar su matrícula de doctorado. Si no lo hace durante dos años consecutivos, causará baja del Programa de Doctorado.

Para realizar dicha renovación, tiene que subir al portal de seguimiento un “informe de seguimiento” previamente cumplimentado por el doctorando, donde explica brevemente en qué punto se encuentra su tesis doctoral y las actividades formativas que ha realizado hasta el momento (ver enlace más abajo). Una vez subido, le debe pedir a su Tutor/a y a su Director/a que le den el visto bueno entrando ellos al portal de seguimiento con el perfil de Tutor y con el perfil de Director. Si las funciones de dirección y tutorización la realiza la misma persona deberá firmar dos veces en calidad de cada una de las figuras. Una vez firmado por ambos, el Coordinador/a del PD tendrá que aprobarlo también. En ese momento, ya saltará un aviso automático para que pueda renovar la matrícula y abonar las tasas correspondientes.

Es importante recordar que TODOS los años hay que solicitar de nuevo el paso a tiempo PARCIAL si así lo desea y lo debe de hacer una vez renueve la matrícula.

En el caso de tener el portal bloqueado por no haber cumplido las fechas estipuladas para la renovación anual de la matrícula, debe usar la opción de SOLICITUDES del mismo portal y mandar el informe de seguimiento para que lo suban desde la Escuela y para que desbloqueen el portal, justificando porqué lo ha hecho fuera de plazo.

https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/impresos/estudios/_doc/informeseguimiento

Doctorandos con necesidades especiales

La Universidad de Granada cuenta con el Servicio de Asistencia Estudiantil , al que se podrán dirigir aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o minusvalía.

Complementos formativos

Según el perfil de ingreso del alumno, le serán exigidos o no una serie de complementos formativos.

En los casos de alumnos con un Título de Grado, licenciado o diplomado del ámbito de las Ciencias de la Salud y al menos un título de Máster Oficial del mismo ámbito, que contabilizan 300 créditos o más, no serán necesarios complementos formativos.

En el caso de otros másteres del ámbito de las Ciencias de la Salud tampoco se exigirán complementos formativos, salvo que se trate de un máster de carácter profesional y no incluya la realización de un trabajo de investigación de al menos 12 créditos.

En los casos de alumnos con un título de Grado de al menos 300 créditos ECTS en el campo de las Ciencias de la Salud y/o profesionales realizando su formación especializada sanitaria, tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación, entendiendo como tal: 1) La realización previa de al menos 12 créditos ECTS de formación en cursos sobre metodología de la investigación aplicada a las Ciencias de la Salud realizados por Instituciones Públicas o Privadas de carácter universitario; y/o 2) Al menos una publicación (artículo original) en una revista indexada en JCR, de la que el alumno/a sea primer autor. En caso que no se pueda demostrar la experiencia y formación previa, la Comisión Académica del Programa podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación entre los cursos ofrecidos por los Másteres asociados al Programa.

Para los alumnos con títulos obtenidos en sistemas educativos extranjeros, tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación. En caso de que ésta no se pueda demostrar con la presentación de su titulación o con al menos una publicación (artículo original) en una revista indexada en la que el alumno sea primer autor, la Comisión Académica podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación de la misma forma que se ha indicado en el párrafo anterior.

Los complementos de formación, en caso de ser necesarios para el alumno, serán acordados por consenso entre la Comisión Académica del Programa, el Tutor/Director del doctorando y el propio doctorando. Dichos complementos formativos ser realizarán durante el primer año de inscripción en el Programa de Doctorado.

Igualmente los alumnos sin un nivel acreditado de lengua inglesa igual o superior a un B1, deberán realizar en el primer año de inscripción en el programa de doctorado un Curso de Inglés en el Centro de Lenguas Modernas de la UGR (6 créditos).

Muy importante: los 12 créditos ECTS de formación metodológica en investigación, deben realizarse antes de la presentación formal del plan de investigación.

Procedimiento de asignación de tutor

Según el Real Decreto 99/2011, el tutor “es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora a los principios de los programas y, en su caso, de las Escuelas de doctorado”.

En el momento de la admisión al Programa de Doctorado, la Comisión Académica debe asignar a cada doctorando un tutor que debe ser un profesor adscrito al Programa. Para ello, la Comisión tendrá en cuenta los intereses y motivaciones del Doctorando expresados en su solicitud de admisión, la distribución de tutores dentro del Programa, y la opinión favorable o desfavorable a dicha asignación por parte del Doctorando y por parte del tutor. El tutor velará por la interacción del doctorando con la Comisión Académica.

Procedimiento de asignación de director y codirector

La Comisión Académica asignará un director de tesis doctoral a cada doctorando en el plazo de 6 meses desde su matriculación. El director podrá ser coincidente o no con el tutor. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor, incluso cuando no pertenezca al programa de doctorado, siempre y cuando cumpla las normas específicas para ser director de tesis de la Universidad de Granada y del Programa de Medicina Clínica y Salud Pública. La Comisión Académica, oído el doctorando y el director, podrá modificar el nombramiento de Director de la tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

Los criterios para poder ser Director de una Tesis Doctoral en el PD Medicina Clínica y Salud Pública son los siguientes:

1. Tener reconocido al menos un periodo de investigación reconocido por la CNEAI de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. 2. El periodo transcurrido entre la fecha de finalización del último periodo de investigación reconocido por la CNEAI y la fecha de la solicitud de dirección de tesis debe ser inferior a 8 años. 3. Haber participado como Investigador Principal y/o Colaborador en un proyecto de investigación activo o con fecha de finalización en los cinco años anteriores a la solicitud de adscripción/presentación de plan de trabajo al Programa. Dicho proyecto debe haber sido concedido en convocatorias competitivas Autonómicas, Nacionales o Internacionales.

En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que NO sea de aplicación el reconocimiento de periodos de investigación por la CNEAI, deberá acreditar méritos equivalentes. La Comisión Académica considerará como “equivalente” si cumple alguno de los siguientes supuestos (en todos los casos se considerarán solo trabajos publicados en los 6-7 años previos a su solicitud como codirector):

1). Cinco trabajos indexados en revistas reconocidas en JCR y de los cuales al menos 3 deben situarse en el primer Tercil de la categoría JCR.

2). Dos trabajos en 1º cuartil + tres trabajos en 2º cuartil

3) Tres trabajos en 1º cuartil + un trabajo en 2º cuartil + un trabajo 3º cuartil

4) Cuatro trabajos en 1º cuartil + un trabajo en JCR

Se admitirá la dirección por dos directores (Codirección) en cualquiera de los siguientes casos:

a) Que la tesis suponga la colaboración con otros centros, empresas o instituciones. b) Que exista una clara interdisciplinariedad. c) Para promoción de directores noveles que cumplan los requisitos aprobados por esta Comisión Académica sobre la dirección de tesis doctorales. d) Proyectos bajo la dirección de un equipo de investigadores con una trayectoria consolidada de trabajo conjunto que permita acreditar una producción científica significativa, fruto de la sinergia entre los investigadores.

Podrá aceptarse un máximo de tres directores (Triple dirección) siempre y cuando:

a) Implique la colaboración de instituciones, empresas u otras universidades, nacionales o extranjeras, y el desarrollo del proyecto así lo requiera. No podrá haber más de 1 director por cada una de las empresas o instituciones externas colaboradoras. b) Se justifique una colaboración interdisciplinar y el tercer director pueda considerarse un director novel.

En ningún caso se admitirá un proyecto de tesis bajo la dirección de cuatro o más directores.

El procedimiento para solicitar la participación de un Codirector, lo puede ver en el siguiente ENLACE

Recursos materiales y apoyo disponible para los doctorandos

El Programa de Doctorado en “Medicina Clínica y Salud Pública” dispone de los recursos materiales y medios necesarios para garantizar la formación investigadora del doctorando y la adquisición de las competencias previstas, así como para posibilitar el desarrollo de la investigación en unas condiciones óptimas y competitivas a nivel nacional e internacional.

Los equipos de investigación que forman parte del Programa tienen su sede en las Facultades de Medicina, Farmacia, Odontología y Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada, en los Hospitales Universitarios San Cecilio y Virgen de las Nieves de Granada, y en el Centro de Investigación Biomédica (CIBM) (http://cibm.ugr.es/). A esto hay que sumar los servicios centrales de apoyo a la investigación: Biblioteca Universitaria, Centro de Instrumentación Científica, y la propia Escuela Internacional de Posgrado entre otros.

Acceder al listado completo de recursos materiales

Presentación del Plan de Investigación

En los primeros seis meses tras su admisión, el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. La memoria del Plan de investigación que debe subirse al portal de seguimiento, deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, los medios y la planificación temporal.

El Plan de investigación debe estar firmado en el portal por el Director de la tesis doctoral y, una vez presentado, será informado y firmado por el Coordinador del Programa de Doctorado en nombre de la Comisión Académica.

Durante la defensa del Plan de Investigación (o previamente por email dirigido al Coordinador de la línea donde defienda el plan), el doctorando entregará el documento denominado “Compromiso Documental de Supervisión”, que cada uno puede descargarse de su propio portal de seguimiento (hay una pestaña en el portal habilitada para tal efecto) y pedirle a su Director y Tutor que lo firmen (lo pueden hacer con la firma digital). No será necesario que lo firme el Director/a de la Escuela.

La memoria del Plan de Investigación en Word la puede descargar de AQUI

La Comisión de Evaluación del Plan de Investigación seguirá como guión para la evaluación el documento que puedes descargar en el siguiente ENLACE.

La exposición y defensa del plan de investigación consiste en un acto donde mediante una presentación de power-point el doctorando durante 10 minutos máximo debe exponer los aspectos más importantes de la memoria que ha subido al portal de seguimiento. Si solicita una codirección, además de justificarlo en la memoria, debe también explicarlo en la presentación de power-point. Tras la presentación, la comisión de evaluación podrá realizar algunas preguntas aclaratorias o comentarios sobre el plan de investigación, siempre en una actitud constructiva.

Supervisión y Seguimiento anual

Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Tutor y el Director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses presentando un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Podrá solicitarse de manera justificada un cambio en la dirección de la tesis o solicitar una cotutela a la Comisión Académica, que deberá dar el visto bueno y comunicar el cambio, caso de ser aceptado, a la Escuela Internacional de Posgrado.

Presentación de la tesis doctoral

Para la presentación de la tesis doctoral y su aprobación por la Comisión Académica se aplicará la normativa vigente al respecto de la Universidad de Granada: “Al menos un trabajo publicado derivado de la tesis doctoral y firmado por el doctorando”. Sin embargo, los trabajos presentados que justifiquen la lectura de la tesis deben cumplir adicionalmente una serie de criterios:

1) Estar publicados u aceptados en revistas indexadas en JCR.

2) Al menos uno de los trabajos deberá estar firmado por el doctorando en primer lugar y/o ser autor de correspondencia, salvo que este puesto lo ocupe el directo de la Tesis Doctoral.

3) En el caso que aún no se haya publicado, podrán admitirse trabajos acompañados por carta de aceptación y/o en proceso editorial.

4) La publicación asociada a la Tesis tiene que alcanzar al menos 0.75 puntos, valorando con 1 punto los trabajos publicados en revistas del primer tercil de su categoría, con 0.75 puntos los publicados en revistas del segundo tercil y con 0.5 puntos los de revistas del tercer tercil.

Las posibilidades por tanto para aprobar la lectura y defensa de la tesis son:

a) Un trabajo en primer o segundo tercil de la categoría ó

b) Dos trabajos en el tercer tercil de la categoría.

En el apartado de reconocimiento (Acknowledgment) de la publicación, se debe de reconocer la tesis doctoral a la que va asociada. Cada publicación podrá ir asociada únicamente a una tesis doctoral. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados, una publicación podría ir asociada a dos tesis doctorales distintas.

Las revisiones de la literatura no se considerarán válidas como publicación científica original que avale la presentación de una Tesis Doctoral, no así las revisiones sistemáticas con o sin metaanálisis.

Los coautores del artículo que avala la Tesis Doctoral no podrán formar parte del tribunal de la tesis doctoral.

El depósito de la tesis se realiza desde el curso 2019-2020 de manera telemática. Para más información haga clic AQUI . Tenga en cuenta que el depósito se ajusta a la nueva normativa que puede consultar AQUI . Es importante que tenga en cuenta las fechas de la reuniones del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de Ciencias de la Salud cuyas fechas las puede consultar AQUI .

Propuesta del Tribunal de Tesis Doctoral

La normativa marca que los miembros del tribunal deben contar con los mismos méritos curriculares que los Directores de Tesis Doctoral. Por tanto, todos los miembros del tribunal propuesto para la defensa de la Tesis Doctoral deben tener al menos 1 sexenio de investigación “vivo”. Para aquellos investigadores que no tengan posibilidad de tener sexenios de investigación por su condición laboral, deben presentar al menos 5 trabajos en los últimos 6 años y al menos 3 de ellos en el primer tercil de la categoría.

Supervisión y lectura de tesis

Tesis por artículos

Las tesis presentadas como una agrupación de trabajos de investigación publicados deben cumplir los siguientes requisitos:

1) Mínimo de tres artículos publicados, o aceptados para su publicación, con posterioridad al inicio de los estudios de doctorado, en una revista indexada en JCR.

2) Al menos uno deberá estar situado en el primer tercil del área temática.

3) El doctorando debe firmar en las 3 publicaciones como primer autor, o segundo si la primera la ocupa su Director. También podría ocupar la posición de autor correspondiente.

4) En los artículos publicados a partir de la entrada en vigor de esta normativa es recomendable que figure el programa de Doctorado como filiación del doctorando, así como el reconocimiento de que se trata de parte de los resultados de la tesis.

5) Los trabajos que formen parte de una tesis de compendio de publicaciones no podrán formar parte de otra tesis presentada bajo esta misma modalidad. En caso de coautoría, los restantes autores deberán aportar un escrito, con firma original, reconociendo al doctorando como autor principal y renunciando expresamente a presentar dicho artículo como parte de otra tesis doctoral.

6) Aunque no existe una única forma de presentar una tesis por agrupación de artículo, en general se presentará una memoria con una introducción e hipótesis común para los 3 o más artículos presentados y unos objetivos generales u específicos que podría pertenecer a diferentes artículos; los resultados podrían ser los 3 o más artículos presentados, insertándolos en el propio documento de la Tesis, con o sin un resumen general de los mismos; finalmente un apartado de discusión que trate de justificar la unidad temática y que resuma la idea global de la Tesis Doctoral y las conclusiones, donde se debería responder a cada uno de los objetivos planteados previamente.

Las revisiones de la literatura, al igual que en las tesis doctorales presentadas de manera clásica, no se considerarán válidas como publicación científica original que avale su presentación, no así las revisiones sistemáticas con o sin meta-análisis. En el caso de las revisiones sistemáticas solo se puede presentar una revisión.

Los coautores de los artículos incluidos como parte de la tesis doctoral no podrán formar parte del tribunal de la tesis doctoral.

Seguimiento de egresados doctores

La mayoría de los egresados doctores desarrollan su actividad profesionala a nivel asistencial público y privado, el resto lo hacen en el ambito académico.

El programa de doctorado con la ayuda de la Escuela Internacional de Posgrado mantendrá contacto y hará un seguimiento de los egresados doctores.

PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS DOCTORES/AS EGRESADOS/AS

1. VARIABLES E INDICADORES DE REFERENCIA PARA EL SEGUIMIENTO:

Variables: Se valorará el grado de inserción laboral de los doctorandos/as, el tiempo medio para su inserción, su satisfacción con la formación recibida y la satisfacción de los empleadores con la formación aportada por los doctorandos/as egresados/as. Este seguimiento se realizará a partir de los tres años de defensa de la tesis Doctoral y para cada una de las cohortes de egresados/as.

Indicadores:

  • Tasa de inserción laboral de los doctorandos/as (contratos postdoctorales, otras situaciones laborales,…)

Valor de referencia establecido para el seguimiento: 75,00 %

  • Tiempo medio para la inserción.

Valor de referencia establecido para el seguimiento: 12 Meses

  • Grado de satisfacción de los egresados/as con la formación recibida.
  • Grado de satisfacción de los empleadores con la formación aportada.

2. FUENTES DE INFORMACIÓN:

Fuentes documentales: Informes de egresados y otros informes relativos a la empleabilidad de egresados/as. Otras fuentes de información: Vicerrectorado de Estudiantes y Fundación General Empresa-UGR

3. INSTRUMENTOS/INFORMES:

Disponibles en la web del Vicerrectorado para la Garantía de la Calidad