Complementos de formación

En algunos casos la admisión en el Programa de Doctorado en Estudios Migratorios podrá implicar la realización de unos completos de formación al no haber sido completados en la formación previa. Dichos completos de formación podrás ser variables según cada candidato o candidata y seguirán los siguientes principios:

  • Para el caso de graduados o graduadas con 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 del Real Decreto 99/2011, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
  • Alumnos con un Título de Grado, licenciado o diplomado del ámbito de las Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades y, en algunos casos, Ciencias de la Salud y al menos un título de Máster Oficial del
 mismo ámbito, que contabilizan 300 créditos o más, de los que al menos 12 corresponden a un trabajo 
de investigación previo. Este es el perfil de ingreso recomendado. Los complementos de formación
 serán necesarios en función de la formación previa de grado y posgrado del alumno y de la línea de investigación que la que el alumno quiera realizar su trabajo de investigación.
  • Alumnos en posesión de otro título de Doctor previo o con una formación de grado y/o Máster distinta al ámbito de la Escuela Doctoral. En función de la relación de la formación previa con el área de conocimiento del programa podrán exigirse complementos de formación específicos relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación del campo de conocimiento.

Como puede entenderse en todos los casos se indican las actividades, como complementos, que se deberán realizar. Todas ellas las podemos resumir básicamente en dos:

  • Créditos ECTS que complemente la formación previa del candidato o candidata. En estos casos se realizarán en alguno de los Máster Oficiales que ofrezcan las tres universidades implicadas en el Programa. En el caso de que el número de solicitantes en tales situaciones sea elevado, será el propio programa quien diseñe, coordine e imparte estas formación complementaria en el primer año de estancia en el Programa. En todos los caso el tutor o tutora del candidato o candidata será quien supervisará la realización de los complementos y sus correspondientes superaciones, teniendo que entregar un informe al ser finalizadas.
  • Realización de prácticas de investigación que acrediten formación en metodología de investigación. En este caso, y bajo la supervisión del tutor o tutora, se deberá realizar un estudio, según cada área de conocimiento, que concluya en la redacción de un artículo que pueda ser publicable en una revista científica. Estos complementos también deberán ser realizados en el primer año del Programa.

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