Es requisito necesario para poder pertenecer al programa y dirigir, codirigir o cotutelar tesis doctorales en el mismo reunir y acreditar los siguientes criterios:
Ser Doctor/a y ejercer como docente e investigador/a en una Universidad o Centro de Investigación Superior.
Estar trabajando en la línea de investigación del programa, tener disponibilidad de dirección y no haber sido apercibido de faltas en cuanto a buenas prácticas en la dirección de tesis doctorales.
Y aportar un informe de idoneidad en la línea de investigación que justifique tener, al menos, un tramo de investigación de la tesis reconocido por una agencia de acreditación nacional. En el caso español, la CNEAI. Este requisito es aplicable en cualquier caso y país, siempre que en el mismo haya tal agencia de acreditación y se pueda acceder a dicha acreditación.
En los casos en los que no sea procedente el punto anterior (3), debe justificar la idoneidad mediante la presentación de cinco artículos en la línea de investigación de la tesis publicados en revistas indexadas que reúnan los requisitos exigidos por la CNEAI para la acreditación de un tramo de investigación en el área correspondiente:
2 artículos con índice de impacto en JCR o tres en SCImago Journal Rank (SJR) o con categoría EX o A en CIRC.
Y el resto de aportaciones en revistas acreditadas por la FECYT, catalogadas como B en CIRC, o en primer tercil de In-Recs, Índice H de las Revistas Españolas de Ciencias Sociales o DICE.
También sirven al efecto libros publicados en editoriales de investigación de primer nivel (primer tercil de SPI).
Se considerará como criterio de calidad, la dirección (como investigador principal) de proyectos de investigación I+D o superiores.
Se pueden admitir codirecciones de tesis siempre que estén justificadas académicamente, para lo que habrá que acompañar un informe de idoneidad de los codirectores, de la necesidad y valor añadido que supone la codirección y de lo que no se podría mantener de la tesis sin la misma.
Para los casos de cotutela (para reconocimiento de doble doctorado con otra universidad), por su excepcionalidad, es preciso un convenio específico, caso a caso, entre ambas instituciones con las firmas de los rectores respectivos y no valen convenios específicos globales (aunque abran la posibilidad de estudiar casos muy particulares).
Para la dirección, codirección o cotutela de tesis con otros doctores no pertenecientes al programa, aunque pertenezcan a programas e instituciones con las que existan convenios específicos de doctorado, regirán los requisitos anteriores.
Será posible de manera excepcional la codirección entre dos investigadores de la misma línea de investigación cuando concurra la siguiente circunstancia: el primero de ellos, con una consolidada trayectoria (con tres o más tramos de investigación) y, el segundo, un joven investigador o investigadora que reúna los requisitos exigidos por la
Universidad de Granada y el propio programa para la dirección de tesis doctorales.
Se recomienda no superar el número de cinco a la vez (sea cual sea su nivel de desarrollo);
El número de tesis en dirección dependerá finalmente del número de tesis dirigidas últimamente de las que se haya derivado producción científica en revistas indexadas. Las tesis sin producción, no sólo no computan y no pueden ser defendidas, sino que serán consideradas negativamente a la hora de establecer nuevos cómputos.
Dado que existe un procedimiento de seguimiento, control y permanencia en el programa, los doctorando que no cumplan con el mismo dejaran de pertenecer al programa y dejarán de contabilizarse tales planes de trabajo en desarrollo a todos los objetos. En tales casos se justificará si tal incumplimiento se debe al doctorando o a falta de rigor en la selección y dirección de trabajos
En casos excepcionales, cuando exista una justificación suficiente, por incumplimiento de compromisos con doctorandos, con las condiciones del programa o con las normas de buenas prácticas en la dirección de tesis de la
Universidad de Granada, se puede invitar a dejar el programa o a no autorizar temporalmente la dirección de tesis.